Combustible
Aprueba lineamientos para la publicación de información energética en grifos y estaciones de servicio
De acuerdo a la Resolución Directoral N° 382-2021-MINEM/DGH, referida a los Lineamientos para la Publicación de la Información Energética en los Establecimientos de Venta al Público de Combustibles se dispone que los Establecimientos de Venta al Público de Combustibles que cuenten con inscripción vigente en el Registro de Hidrocarburos a la fecha de entrada en vigencia de la presente resolución, deben adecuarse a sus disposiciones en el plazo máximo de noventa (90) días hábiles, contado a partir de la entrada en vigencia de la presente resolución, la misma que ha sido publicada en el diario oficial El Peruano el día 16/10/2021, estableciéndose que entre en vigencia desde el 17/10/ 2021. Desde esta fecha se contabiliza el plazo de 90 días para que los establecimientos de venta de combustibles [grifos y estaciones] se adecuen a la norma. Los Establecimientos de Venta al Público de Combustibles que se adecúen a la presente resolución
antes del plazo citado, reportan al OSINERGMIN el cumplimiento de la misma. OSINERGMIN reporta trimestralmente a la Dirección General de Hidrocarburos el listado de empresas que culminen su adecuación, quien a su vez publica en la página web del Ministerio de Energía y Minas dicha información.
Lee aquí la Resolución Directoral N° 382-2021-MINEM/DGH
https://www.gob.pe/institucion/minem/normas-legales/2192047-382-2021-minem-dgh