Combustible

Aprueban norma para cálculo de precios de referencia de combustibles derivados del petróleo

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Según la resolución N° 095-2021-OS/CD del consejo directivo del Osinergmin se resuelve aprobar la Norma “Procedimiento para el Cálculo de los Precios de Referencia de los Combustibles Derivados del Petróleo” y se deja sin efecto la Resolución N° 136- 2011-OS/CD, conjuntamente con su exposición de motivos y los Informes N° 291-2021-GRT y N° 292-2021-GRT, que forman parte integrante de la presente resolución.

Asimismo, se dispone otorgar un plazo de quince (15) días calendario contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente resolución en el diario oficial El Peruano, a fin de que los interesados remitan por escrito sus opiniones y sugerencias a la Gerencia de Regulación de Tarifas de Osinergmin, vía la ventanilla electrónica: https://ventanillavirtual.osinergmin.gob.pe/ o de encontrarse habilitada la mesa de partes física, en la Avenida Canadá N° 1460, San Borja, Lima. Las opiniones y sugerencias también podrán ser remitidas vía Internet a la siguiente dirección de correo electrónico: normasgrtdgn@osinergmin.gob.pe indicando en el asunto: Procedimiento para el Cálculo de Precios de Referencia. La recepción de las opiniones y/o sugerencias en medio físico o electrónico estarán a cargo de la Sra. Ruby Gushiken Teruya. En el último día del plazo sólo se analizarán los comentarios que se reciban en cualquiera de los medios indicados, hasta las 17:30 horas Artículo 3.- Encargar a la Gerencia de Regulación de Tarifas el análisis de las opiniones y/o sugerencias que se presenten al proyecto de resolución publicado, así como la presentación de la propuesta final al Consejo Directivo de Osinergmin.

Objetivo

El objetivo de la resolución N° 095-2021-OS/CD es establecer los criterios y parámetros necesarios para la publicación de los precios de referencia de diversos combustibles derivados del petróleo, así como de Biocombustibles, para servir como indicador al mercado local de las variaciones de los factores que en conjunto reflejan las variaciones en los precios internacionales de los combustibles, de conformidad con lo previsto en el Decreto Supremo N° 007-2003-EM y los lineamientos aprobados por el Ministerio de Energía y Minas, así como las normas modificatorias, complementarias y conexas.

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