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Carlos Herrera Descalzi: reorganización del MINEM podría concretar cambios antes de los 120 días

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El proceso de modernización y reorganización del Ministerio de Energía y Minas (MINEM), el Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico (INGEMMET) y el Instituto Peruano de Energía Nuclear (IPEN) podría generar modificaciones importantes en la estructura del sector antes de que concluya el plazo máximo de 120 días fijado por el Gobierno, señaló el exministro de Energía y Minas Carlos Herrera Descalzi.

En declaraciones a Rumbo Minero, Herrera explicó que el proceso debería centrarse en evaluar la estructura organizacional de las tres entidades, sus funciones, niveles jerárquicos, dependencias y capacidades operativas. Precisó que esta revisión administrativa debe diferenciarse de las decisiones de política sectorial que corresponden al Poder Ejecutivo.

El Gobierno oficializó el 2 de octubre el Decreto Supremo N.° 018-2026-EM, que declara al MINEM, INGEMMET e IPEN en proceso de modernización y reorganización por un periodo de hasta 120 días calendario.

La medida contempla un diagnóstico de la situación administrativa, organizacional y de gestión de estas instituciones, con el propósito de identificar y plantear reformas orientadas a mejorar su funcionamiento.

Revisión de la estructura y funciones del MINEM

Herrera Descalzi explicó que una reorganización institucional puede implicar cambios en la distribución de puestos, modificación de funciones, creación de nuevas posiciones o eliminación de aquellas que ya no resulten necesarias.

“Hablar del análisis de la organización significa hablar del organigrama, cuáles son los puestos jerárquicos, cuáles son las dependencias y las subdependencias, las relaciones que existen entre ellas”, señaló.

El exministro también consideró necesario revisar el Reglamento de Organización y Funciones (ROF), debido a que este documento establece las competencias de las distintas áreas del ministerio.

Asimismo, planteó que la evaluación debería considerar la relación funcional entre el MINEM y sus organismos adscritos, entre ellos INGEMMET e IPEN.

De acuerdo con el Decreto Supremo N.° 018-2026-EM, el proceso comprende la revisión de aspectos vinculados con el planeamiento estratégico e institucional, presupuesto, inversiones públicas, gestión por procesos, recursos humanos, integridad pública y articulación funcional con los organismos adscritos.

Herrera también remarcó que primero debe definirse la estructura institucional que necesita el sector y, posteriormente, determinar si las personas que ocupan los cargos cuentan con las capacidades requeridas.

“Si hay nuevas posiciones, entonces requerirá personas que en estos momentos no están en el ministerio o que estando en el ministerio están en otras posiciones”, explicó.

En caso de que determinadas plazas dejen de ser necesarias, agregó, corresponderá evaluar la reubicación de los trabajadores o las medidas que correspondan según su situación laboral.

El plazo de 120 días sería suficiente

Respecto al periodo establecido por el Ejecutivo, Herrera Descalzi consideró que los 120 días constituyen un plazo razonable para completar el proceso. No obstante, sostuvo que los principales cambios en la organización podrían estar definidos mucho antes.

“Yo sí pienso que en mucho menos de 120 días uno puede tener un ministerio diferente, que vaya a un ritmo diferente”, afirmó.

Según explicó, una parte del plazo estará vinculada a los procedimientos administrativos requeridos para aprobar e implementar las modificaciones. Sin embargo, si los responsables del proceso conocen la estructura vigente y tienen definida la organización que buscan implementar, el diseño de la nueva estructura podría avanzar con mayor rapidez.

El decreto establece que la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del MINEM tendrá a su cargo el diagnóstico. Además, deberá presentar un informe de avance a los 60 días calendario.

Posteriormente, se elaborará un informe técnico final con las propuestas de reforma y mejora organizacional que serán elevadas a la Alta Dirección.

Una vez aprobado este documento, las recomendaciones deberán ser implementadas progresivamente en el MINEM, INGEMMET e IPEN, de acuerdo con sus competencias y la legislación vigente.

El Ejecutivo ha establecido que el proceso será financiado con los presupuestos institucionales existentes, sin requerir recursos adicionales del Tesoro Público.

Reorganización administrativa y políticas sectoriales

El exministro también diferenció la reorganización administrativa de las decisiones que el Gobierno adopte en materia de minería, hidrocarburos y electricidad.

Según Herrera, modificar las prioridades sectoriales o las instrucciones impartidas por las autoridades a las diferentes direcciones del ministerio no implica necesariamente una reorganización de la institución.

“La reorganización obedece a la facilidad administrativa y a que existan las facultades necesarias para poder hacer los cambios”, sostuvo.

En ese sentido, señaló que los problemas que enfrenta el sector no necesariamente tienen su origen en el organigrama o en las funciones asignadas a los trabajadores. Si existen dificultades internas relacionadas con la estructura institucional, estas podrían ser abordadas mediante el proceso de reorganización, mientras que los problemas externos requerirían otro tipo de medidas.

El Decreto Supremo N.° 018-2026-EM señala que, durante la transferencia de gestión, se identificaron “limitaciones estructurales, desarticulación operativa y debilidades funcionales”.

Entre los aspectos señalados figuran dificultades relacionadas con las inversiones en electrificación rural, la atención de expedientes administrativos, los procedimientos ambientales y la gestión de conflictos socioambientales.

La norma también advierte sobre brechas en la coordinación entre las diferentes unidades del MINEM y sus organismos adscritos, aspectos que serán evaluados durante el proceso de modernización y reorganización.

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