Transporte

Congreso aprobó por insistencia legalizar transporte interprovincial en taxis colectivos

El pleno del Congreso de la República aprobó este viernes por insistencia el proyecto que legaliza el transporte interprovincial de taxis colectivos, pese a que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) consideró riesgosa dicha actividad, ya que podrán recoger o dejar pasajeros en carreteras, sin paraderos definidos ni cumplir protocolos de higiene.

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Por 81 votos a favor, 7 en contra y 10 abstenciones, el pleno aprobó la norma que legaliza los servicios de los vehículos de categoría M1 (sedán o station wagon), considerados como altamente peligrosos por el MTC.

Cabe mencionar que el MTC cuestionó la formalización del servicio de los taxis colectivos debido a que es considerado como uno de los principales focos de contagio del COVID-19 por no tener protocolos de higiene ni desinfección.

Más temprano, el presidente de la Comisión de Transportes del Congreso de la República, Luis Carlos Simeón Hurtado, aseguró que no tiene ningún interés particular para favorecer a los taxis colectivos, quienes venían realizando movilizaciones en los últimos días para que se apruebe la norma que regulariza el servicio que otorgan.

El último miércoles, taxistas que realizan colectivo y choferes de transporte de miniván bloquearon el kilómetro 54 de la Panamericana Sur, a la altura de las playas Pucusana y Santa María, en protesta contra las medidas de Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías (Sutran).

SOBRE LA NORMA

En mayo pasado, el pleno del Congreso aprobó la ley que precisa los alcances de la Ley N° 28972, la cual establece la formalización de colectivos a escala nacional, con exclusión de Lima y Callao.
La norma precisa, por ejemplo, que los automóviles comprendidos son los de la clasificación M1, con carrocería sedán o station wagon, establecida por el Decreto Supremo N° 058-2003-MTC.
Además, incluye en los alcances a las unidades de clasificación M2 para zonas rural y urbana, establecida por el Decreto Supremo 058, vehículos con más de ocho plazas, excluida la del conductor, cuya masa máxima no supere las cinco toneladas, diseñados y fabricados para transporte de pasajeros.
Según la ley, será el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) el encargado de autorizar el servicio de transporte de pasajeros en automóvil colectivo de ámbitos nacional e interregional, entre ciudades de provincias ubicadas en distintas regiones.
Por su parte, los gobiernos regionales y locales autorizarán el servicio en los ámbitos interprovincial e interdistrital, entre provincias y distritos ubicados en una misma región.

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