Combustible
Conozca más sobre la simplificación de las gasolinas y gasoholes “Regular y Premium”
El 12 y 13 del presente mes se llevó a cabo el V Congreso de Estaciones de Servicio – AGESP y en ese marco, Juan de Tomás, especialista de Osinergmin, se refirió acerca de la simplificación de la variedad de gasolinas regular y Premium.
Como ya se conoce en el sector, mediante el Decreto Supremo N 006-2022-EM se establece el uso y simplifica el número de Gasolinas/Gasohol a Regular y Premium a partir del 01 de enero de 2023 a nivel nacional. Dicho dispositivo legal señala que, excepcionalmente en los departamentos de Amazonas, Loreto, Madre de Dios y San Martín hasta el 30 de junio de 2023 se podría comercializar gasolina de 84 octanos.
Por su parte, la Gasolina y gasohol regular abarcará a toda gasolina y gasohol menor de 95 octanos (gasolina/gasohol 84, gasolina/gasohol 90), mientras que en cuanto a la gasolina y Gasohol Premium comprende a la gasolina y gasohol de 95 octanos a mayores octanos (gasolina/gasohol 95, gasolina/gasohol 97, gasolina/gasohol 98).
Además, es importante conocer que los productores y distribuidores mayoristas deben actualizar oportunamente sus registros de los productos gasolinas y gasohol regular y premium ante la Dirección General de Hidrocarburos, así como también deben gestionar la modificación de datos en el registro de hidrocarburos de Osinergmin antes del 31 de enero de 2023. Según las actualizaciones de datos en el registro de hidrocarburos, el SCOP configurará la gasolina y gasohol regular y premium a los distribuidores mayoristas.
Asimismo, a partir del 31 de enero de 2023 se desactivarán en el SCOP las gasolinas con octanajes que se encuentran autorizadas en las inscripciones de registro de hidrocarburos de los distribuidores mayoritas, a excepción de la gasolina 84 octanos que sea comercializada a los establecimientos de venta al público y consumidores directos ubicados en los departamentos de Amazonas, Loreto, Madre de Dios y San Martín.