Combustible

Grifos deberán registrar a diario y obligatoriamente su inventario de combustibles a través de la Plataforma Virtual de Osinergmin 

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A partir del 15 de mayo de 2026, los establecimientos de venta al público de combustibles deberán registrar diariamente, y de manera obligatoria, la información de sus inventarios a través de la Plataforma Virtual de Osinergmin (PVO), según lo establecido en la Resolución de Consejo Directivo N.° 60-2026-OS/CD. Esta medida permitirá contar con datos más precisos y actualizados sobre la disponibilidad real de productos a nivel nacional.

El inicio de esta obligación se da tras la culminación del periodo de orientación y capacitación, que tuvo una duración de 30 días, en el cual los agentes de hidrocarburos recibieron información sobre el registro diario de inventarios de combustibles líquidos y GLP en la mencionada Plataforma Virtual.

El cumplimiento del registro de inventarios será una condición para la generación de órdenes de pedido en el Sistema de Control de Órdenes de Pedido (SCOP); esto quiere decir que los grifos que no reporten sus inventarios no podrán comprar combustible hasta la regularización correspondiente.

Osinergmin exhorta a los agentes a cumplir con esta disposición a fin de asegurar la continuidad del abastecimiento y el adecuado funcionamiento del mercado de combustibles. El regulador fortalece su transparencia institucional comunicando oportunamente a los agentes fiscalizados sobre los cambios normativos y promoviendo su cumplimiento, en beneficio del sector hidrocarburos y la ciudadanía en general.

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