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Osinergmin propone bajar de 350 a 200 toneladas diarias el umbral para la pequeña minería

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El organismo supervisor plantea modificar los límites de capacidad de las plantas de beneficio y establecer un periodo de adecuación de tres a seis meses, en el marco del proyecto de Ley de la Pequeña Minería y Minería Artesanal (Ley MAPE).

El Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (Osinergmin) propuso evaluar la reducción de 350 a 200 toneladas métricas diarias del umbral de capacidad de las plantas de beneficio de la pequeña minería. La medida busca facilitar la incorporación progresiva de estas instalaciones al sistema de fiscalización, sin imponerles de manera inmediata las mismas exigencias que se aplican a las operaciones mineras de mayor escala.

La propuesta fue expuesta por Giovani Anfossi Portugal, gerente de Supervisión Minera de Osinergmin, durante una sesión de la Comisión de Energía y Minas de la Cámara de Diputados, en representación del presidente de la institución, Omar Chambergo.

El planteamiento forma parte de las observaciones al proyecto de Ley MAPE, que contempla ampliar las competencias del organismo para supervisar plantas de beneficio que actualmente se encuentran dentro del estrato de la pequeña minería.

Ley MAPE: plantean una incorporación gradual a la fiscalización

Anfossi Portugal advirtió que aplicar directamente las mismas normas y procedimientos de supervisión de la mediana y gran minería a todas las plantas de beneficio de pequeña escala podría generar dificultades para sus operadores.

Ante esta situación, propuso establecer un límite intermedio que permita determinar qué instalaciones podrían incorporarse al esquema de fiscalización de Osinergmin, acompañado de un plazo razonable para adecuarse a las nuevas obligaciones.

El funcionario señaló que el umbral actual de 350 toneladas diarias podría reducirse a 200 toneladas métricas, aunque también mencionó la posibilidad de establecerlo en 150 toneladas. Para implementar el cambio, sugirió conceder un periodo de adaptación de entre tres y seis meses.

“Creemos que podría, en un paso intermedio, bajarse el nivel o la valla actualmente de 350 toneladas a, si no a 150, por lo menos a 200 toneladas, con un plazo de adecuación relativamente corto que podría estar entre tres a seis meses”, manifestó.

La iniciativa legislativa plantea que Osinergmin participe en la fiscalización de plantas de beneficio con capacidades superiores a las 25 toneladas métricas diarias. Sin embargo, el representante del organismo consideró que es necesario precisar las condiciones y los requisitos que se exigirán a las instalaciones de menor capacidad.

“Fiscalizar bajo el mismo régimen y bajo la misma normativa a todo el estrato de pequeña minería, digamos, a las mayores de 25 toneladas, no creemos que sería lo más adecuado”, sostuvo.

De acuerdo con su planteamiento, una modificación gradual permitiría incorporar determinadas plantas al sistema de supervisión vigente, sin extender automáticamente el mismo régimen de obligaciones a todas las operaciones de pequeña minería.

¿Qué funciones cumple Osinergmin en el sector minero?

Durante su intervención, Anfossi Portugal recordó que las competencias actuales de Osinergmin comprenden la supervisión de la seguridad operativa en las actividades de mediana y gran minería.

Precisó que la mediana minería comprende operaciones con capacidades superiores a 350 y de hasta 5.000 toneladas métricas diarias, mientras que la gran minería corresponde a aquellas que superan las 5.000 toneladas por día.

Asimismo, aclaró que las funciones del organismo están centradas en la seguridad operativa de las instalaciones y no incluyen la fiscalización ambiental ni laboral.

Como antecedente para evaluar una modificación del límite, el funcionario recordó que hasta 2002 las plantas de beneficio de pequeña minería tenían un umbral de capacidad de 150 toneladas métricas diarias.

Sobre esa base, planteó considerar las 200 toneladas diarias como una alternativa intermedia, con un periodo de adecuación de tres a seis meses para las instalaciones comprendidas en el cambio.

El representante de Osinergmin también precisó que la modificación de los límites y de las disposiciones aplicables a estas actividades corresponde al Ministerio de Energía y Minas (MINEM), debido a que se trata de una competencia regulatoria que no ejerce directamente el organismo supervisor.

Osinergmin pide precisar los alcances de la Ley MAPE

El organismo supervisor considera favorable que el Ejecutivo haya impulsado una propuesta legislativa destinada a establecer reglas para la pequeña minería y la minería artesanal. Anfossi Portugal también destacó que se contemple fijar un plazo definido para la vigencia del Registro Integral de Formalización Minera (Reinfo).

“En principio nos parece bien que se plantee una ley, esta Ley MAPE, y también que ya el Reinfo tenga un plazo de vigencia finito y en corto plazo”, indicó.

No obstante, advirtió que el proyecto todavía presenta aspectos que requieren mayor desarrollo, especialmente en lo referido a la ampliación de las facultades de fiscalización y a la forma en que se aplicarán las nuevas exigencias a las plantas de beneficio.

El funcionario informó que, hasta el momento de su participación, Osinergmin aún no había recibido oficialmente el proyecto para emitir una opinión institucional formal. Pese a ello, los equipos técnicos de la entidad ya estaban revisando su contenido.

Finalmente, señaló que el organismo mantiene su disposición para formular observaciones y aportar recomendaciones técnicas que contribuyan a perfeccionar la iniciativa legislativa y establecer un esquema de supervisión adecuado a las características de las distintas operaciones mineras.

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