Transporte
Si conductor agrede al personal de la ATU, su licencia será cancelada y no podrá tramitar una nueva
La nueva tabla de sanciones presentada por la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao presenta 16 infracciones muy graves, nueva graves y nueve consideradas leves, entre las cuales establece que si un conductor agrede al personal del ATU se le cancelará su licencia de conducir y no podrá tramitar una nueva. Además, si brinda el servicio de colectivo, tendrá que pagar S/9.900 a modo de sanción.
También se han tipificado las infracciones en el caso de agresión hacia los pasajeros y por no participar en los programas dispuestos por la Autoridad de Transporte Urbano y el Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Si deseas revisar el documento completo, puedes acceder aquí.
Ronald León, vocero de ATU, explicó que quieren promover la formalización y que en los próximos días se estará emitiendo una normativa complementaria , que permitirá disponer de 30 días calendarios, que funcionará como una marcha blanca para que los prestadores del servicio puedan adecuarse a sus obligaciones.
Infracciones en accidentes
Estas son las multas que serán impuestas a los choferes que brinden el servicio de transporte especial en las modalidades de taxi, turismo, trabajadores y estudiantes.
| Infracción | Calificación | Consecuencia | Medidas preventivas aplicables según corresponda |
| Infracción del propietario y/o conductor: Ofrecer y/o prestar el servicio público de transporte especial sin contar con la autorización de servicio otorgada por la SSTE. | Muy grave | SIN ACCIDENTE DE TRÁNSITO: – Al propietario: multa de 2 UIT (S/9.900). – Al conductor: multa de 1 UIT (S/4.950). CON ACCIDENTE DE TRÁNSITO: – Al propietario: multa de 4 UIT (S/19.800). – Al conductor: multa de 2 UIT (S/9.900), cancelación de la licencia de conducir e inhabilitación definitiva para obtener una nueva. | – Al vehículo: internamiento preventivo del vehículo. – Al conductor: retención de la licencia de conducir |
| Infracción del operador: Prestar el servicio con un vehículo: a) Cuya habilitación se encuentra en trámite. b) Que sea de su propiedad y no se encuentre habilitado. c) Que se encuentre suspendido o inhabilitado como resultado de la aplicación de una medida preventiva o como consecuencia de una sanción administrativa. | Muy grave | SIN ACCIDENTE DE TRÁNSITO: – Para a) y b) multa de 0.5 UIT (S/2.475). – Para c) multa de 1 UIT (S/4.950). CON ACCIDENTE DE TRÁNSITO – Para a) y b) multa de 0.5 UIT (S/2.475) e inhabilitación definitiva del vehículo para brindar el servicio. – Para c) multa de 1 UIT (S/4.950) e inhabilitación definitiva del vehículo para brindar el servicio. | – Al vehículo: internamiento preventivo del vehículo |
| Infracción del operador: Prestar el servicio público de transporte especial en la modalidad de taxi con un conductor que no cuenta con habilitación o que contando con esta se encuentre suspendida o inhabilitada. | Muy Grave | SIN ACCIDENTE DE TRÁNSITO -Multa de 0.5 UIT (S/2.475). CON ACCIDENTE DE TRÁNSITO -Multa de 0.5 UIT (S/2.475) y suspensión de la habilitación vehicular por 90 días calendarios. | – Al vehículo: internamiento preventivo del vehículo. –Al conductor: retención de la Licencia de conducir |
| Infracción del conductor: Prestar el servicio de transporte especial en la modalidad de taxi: a) Sin mantener activo el Sistema de Control y Monitoreo, durante todas las acciones que se destinen a la prestación del servicio y durante la prestación del servicio contratado. b) Manipulando, adulterando o modificando el Sistema de Control y Monitoreo. c) Sin cumplir total o parcialmente con las funcionalidades del sistema de control y monitoreo inalámbrico. | Muy Grave | SIN ACCIDENTE DE TRÁNSITO -Multa de 0.5 UIT (S/2.475) CON ACCIDENTE DE TRÁNSITO -Multa de 0.5 UIT (S/2.475) y suspensión de la habilitación vehicular por 90 días calendarios. | |
| Infracción del operador: No contar con el Certificado de Inspección Técnica Vehicular ordinario y/o complementario vigente. | Muy Grave | SIN ACCIDENTE DE TRÁNSITO -Multa de 0.5 UIT (S/2.475) y suspensión de la habilitación vehicular por 90 días calendarios. CON ACCIDENTE DE TRÁNSITO -Multa de 1 UIT (S/4.950) e inhabilitación definitiva del vehículo para brindar el servicio. | Al vehículo: – Internamiento preventivo del vehículo. – Suspensión precautoria de la habilitación del vehículo |
| Infracción del conductor: Obstruir las acciones de fiscalización y control realizadas por la ATU durante la prestación del Servicio y/o darse a la fuga | Muy Grave | SIN ACCIDENTE DE TRÁNSITO -Multa de 1 UIT (S/4.950). CON ACCIDENTE DE TRÁNSITO -Multa de 2 UIT (S/9.900), cancelación de la licencia de conducir e inhabilitación definitiva para obtener nueva licencia. | Al conductor: retención de la Licencia de conducir. En forma sucesiva: – Interrupción de viaje. – Retención del vehículo. – Internamiento preventivo del vehículo. |