Transporte
Vehículos mal estacionados en Miraflores, serán multados
A partir del 13 de marzo, los vehículos mal estacionados en el distrito de Miraflores serán llevados al depósito municipal y sus propietarios o conductores sancionados con una multa de S/ 607.5
¿Cómo procede el internamiento vehicular?
El retiro de los vehículos procederá cuando el fiscalizador municipal haya registrado la infracción en una toma fotográfica. Luego, se pegará un sticker en el lugar donde se encontraba estacionada la unidad, informando que el vehículo ha sido retirado de la vía pública y trasladado al depósito municipal.
Respaldo
La Ordenanza N° 480/MM prohíbe estacionar vehículos en veredas, bermas, jardines y otros lugares que obstruyan el tránsito del peatón.
¿Cómo saco mi auto para el depósito?
Para la liberación del vehículo, el infractor deberá pagar la papeleta impuesta y los montos correspondientes al servicio de la grúa y uso del depósito.
Las unidades serán retiradas de la vía pública con apoyo de una grúa mecánica y llevadas al depósito municipal ubicado en la calle Catalino Miranda 137.
Beneficios si reconoces tu infracción
El municipio miraflorino indicó además que si el infractor reconoce su falta por escrito se beneficiará con un descuento del 50% del monto de la multa.
Transporte
MTC recuerda a usuarios que pueden acceder a reducción excepcional del 90% en multas de la Sutran

El Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) informó que los usuarios podrán acogerse a un régimen excepcional que contempla una reducción de hasta 90 % en determinadas multas impuestas por infracciones de tránsito y transporte terrestre, dentro del ámbito de competencia de la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías (Sutran).
La medida fue establecida mediante el Decreto Supremo N.° 017-2026-MTC y alcanza a multas que se encuentren pendientes de iniciar un procedimiento administrativo sancionador, en trámite, firmes, impugnadas o en etapa de ejecución coactiva. También comprende las sanciones que sean impuestas mientras permanezca vigente este régimen.
Los administrados que mantengan deudas por multas podrán consultar previamente su situación y verificar si las infracciones correspondientes están incluidas en el beneficio antes de realizar el pago.
La Sutran ya ha aplicado mecanismos similares de regularización. Durante 2025 puso en marcha un Programa de Regularización de Sanciones (PRS) que permitió obtener descuentos de hasta 95 % en determinadas infracciones.
Con el nuevo régimen, el MTC busca promover que los usuarios regularicen sus obligaciones pendientes, al mismo tiempo que mantiene las labores de fiscalización y control frente a infracciones que puedan representar un riesgo significativo para la seguridad vial.
El acogimiento al beneficio es voluntario y se concreta mediante el pago de la multa con la reducción correspondiente. Una vez cancelado el monto, se procederá a concluir y archivar el procedimiento sancionador o de ejecución coactiva, incluyendo, de ser aplicable, las costas y gastos derivados de la cobranza.
Asimismo, las multas canceladas bajo este régimen no generarán ni conservarán efectos relacionados con la acumulación de puntos en la licencia de conducir y tampoco serán consideradas para establecer reincidencia o habitualidad.
Infracciones excluidas
El descuento del 90 % no comprende todas las infracciones. En el caso del transporte terrestre, quedan fuera, entre otras, las sanciones identificadas con los códigos F.1, F.7 y T.3 del Reglamento Nacional de Administración de Transporte (RNAT).
La infracción F.1 corresponde a brindar servicios de transporte de personas, mercancías o mixto sin contar con la autorización de la autoridad competente. La F.7 está relacionada con acciones que atenten contra la integridad física de un inspector de transporte durante sus funciones, mientras que la T.3 sanciona la operación de una infraestructura complementaria de transporte sin el respectivo certificado de habilitación técnica.
En materia de tránsito, tampoco se encuentran comprendidas las infracciones M.1, M.2, M.3, M.4, M.20.c, M.27, M.28, M.37, M.38 y M.39. También existen exclusiones para determinadas conductas vinculadas con informalidad, agresiones contra inspectores y accidentes de tránsito dentro de los ámbitos de competencia de la ATU y las municipalidades provinciales.
Para consultas o inconvenientes relacionados con el régimen, los usuarios pueden comunicarse al (01) 200 4555, opción 5.

Transporte
Subsidio al transporte urbano: 202 empresas de Lima y Callao recibieron el segundo pago

La Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao (ATU), adscrita al Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC), informó que 202 empresas de transporte público accedieron al segundo desembolso del subsidio temporal al combustible, establecido mediante el Decreto de Urgencia n.° 006-2026.
La cifra representa un aumento frente al primer periodo del programa, cuando 159 empresas cumplieron con las condiciones necesarias para recibir este beneficio económico.
El segundo periodo de aplicación se desarrolló entre el 3 de julio y el 1 de agosto. En ese lapso, el programa alcanzó a 12 642 vehículos de transporte público regular que operan en 275 rutas autorizadas de Lima y Callao.
Del total de unidades beneficiadas, 8364 corresponden a ómnibus, 2304 a minibuses y 1974 a microbuses. En conjunto, estos vehículos acumularon 32 548 881 kilómetros recorridos durante el periodo considerado para el cálculo del subsidio.
Según la ATU, el incremento de empresas beneficiarias estuvo relacionado con el fortalecimiento de las acciones de orientación dirigidas a los transportistas. La entidad realizó jornadas presenciales en su sede para explicar los requisitos, procedimientos y criterios establecidos para acceder al programa.
Uno de los aspectos fundamentales fue la correcta transmisión de la información sobre los recorridos de los vehículos mediante el sistema GPS. Estos registros fueron posteriormente revisados y validados por la ATU mediante el Sistema Integrado de Control y Monitoreo (SICM).
A partir de la información validada se calculó el monto correspondiente a cada vehículo, de acuerdo con su categoría. El subsidio fue de S/0,50 por kilómetro recorrido para los ómnibus, S/0,40 para los minibuses y S/0,30 para los microbuses.
En esta segunda etapa, el Gobierno destinó S/15 221 102 para cubrir los pagos correspondientes. La ATU efectuó los depósitos en las cuentas bancarias que las empresas de transporte habían registrado previamente en el SICM.
La autoridad también señaló que continúa revisando las incidencias y observaciones detectadas en la información presentada por algunas empresas. Los casos serán evaluados conforme a las reglas del programa para establecer si corresponde realizar los pagos pendientes.
El subsidio temporal tiene como finalidad apoyar la sostenibilidad de las operaciones de transporte y garantizar la continuidad de las rutas autorizadas, contribuyendo así a mantener el servicio que utilizan diariamente miles de pasajeros en Lima y Callao.

Transporte
Ositrán destaca necesidad de contar con un cronograma actualizado para la ejecución de la Línea 2

La presidente del Consejo Directivo del Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público (Ositrán), Verónica Zambrano, destacó la necesidad de contar con un cronograma actualizado para la ejecución de la Línea 2 del Metro de Lima y Callao, con el fin de fortalecer el seguimiento de una de las obras de infraestructura más importantes del país.
Durante su participación en la Comisión de Economía, Medio Ambiente y Defensa del Consumidor del Congreso de la República, sostuvo que el proyecto enfrentó diversas contingencias a lo largo de su desarrollo, principalmente vinculadas a la entrega de terrenos necesarios para la construcción de la infraestructura.
Según indicó, esta situación afectó la elaboración de los expedientes técnicos, ocasionó retrasos en las obras y derivó en controversias contractuales entre las partes.
Asimismo, refirió que, tras la pandemia, el proyecto se apartó de la programación prevista y que hasta la fecha no cuenta con una calendarización vigente que establezca hitos actualizados para las etapas pendientes.
“Actualmente la Línea 2 continúa construyéndose y nosotros supervisamos, pero no tenemos plazos que acotarle porque no hay calendario vigente”, manifestó.
La titular del Regulador precisó que disponer de un nuevo cronograma permitiría dotar de mayor predictibilidad al proyecto y fortalecer el monitoreo de sus avances. En ese contexto, consideró necesario trabajar una nueva adenda contractual que incorpore aspectos pendientes para el desarrollo integral de la infraestructura, incluyendo su articulación con otras obras de transporte.
Zambrano recordó que la Línea 2 fue concebida para ejecutarse en cinco años y advirtió que, de no actualizarse la programación de la obra, los plazos podrían seguir extendiéndose. “Ahora estamos yéndonos ya a los 10 años y me temo que podríamos, si no se calendariza, llegar incluso hasta 15 años”, señaló.
También resaltó la relevancia estratégica del proyecto para el país. “Esta infraestructura es, luego del Anillo Vial Periférico, la más costosa que hemos tenido como Estado peruano y que además va a tener una gran repercusión en la vida de los ciudadanos”, afirmó.

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