GNV
¿Por qué es necesaria la inspección de cilindros de GNV Tipo I?
El Ministerio de Transportes y Comunicaciones reglamentó la inspección de los cilindros GNV Tipo I a través de la Resolución Directoral N° 2268-2010-MTC/15 que aprueba a la Directiva N° 004-2010-MTC/15 para el «Régimen de Autorización y Funcionamiento de los Centros de Revisión Periódica de Cilindros» con la finalidad de realizar los trabajos de inspección de acuerdo a la Norma Técnica Peruana 111. 017:2004, utilizada para este tipo de cilindros de almacenamiento.
Características de cilindros GNV Tipo I
Los cilindros GNV Tipo I son aquellos fabricados de acero sin costura totalmente metálicos. Es importante señalar que existen en el mercado cilindros metálicos que se fabrican a base de aleaciones de aluminio sin costura.
Proceso de inspección
La NTP 111.017:2004 define el proceso de la inspección de cilindros de acero sin costura, las discontinuidades que se presentan en el mismo proceso de fabricación de los cilindros sino que aparecen por razones de instalación y uso. Los factores que afectan la pared del cilindro están relacionados a su vida útil, la carga y descarga de manera continua. La inspección se debe realizar justamente para asegurar que luego de 5 años desde su fabricación, el cilindro mantiene las condiciones técnicas favorables que aseguren su continuidad por un periodo de 5 años más y asi sucesivamente hasta alcanzar la vida útil del mismo que es de 20 años.
¿Por qué se condena un cilindro?
Por presencia de abolladuras, fisuras, estrías, corrosión, entre las principales causas así como también por su antigüedad ya que los cilindros han sido diseñados para garantizar un periodo de vida útil de veinte años.