Combustible
Venta de gasolina de dos tipos: Aseguran que la principal preocupación es el desconocimiento de la norma
Tras haber sido postergada en dos oportunidades en los meses anteriores, finalmente la norma que establece la venta de dos tipos de gasolinas y gasoholes con bajo contenido de azufre, se implementará a partir del 1 de enero.
De esta manera, la Gasolina Regular que agrupa a la gasolina de 84 y 90 octanos y tendrá la denominación de 91 octanos. En tanto, la Gasolina Premium comprende a la gasolina de 98, 97 y 95, será de 96 octanos.
En ese sentido, El Gas Noticias recogió la información proporcionada por Juan de Tomás, especialista de Osinergmin, quien en el V Congreso de Estaciones de Servicio – AGESP se refirió acerca de los plazos en la simplificación de la variedad de gasolinas regular y Premium.
Como ya se conoce en el sector, mediante el Decreto Supremo N 006-2022-EM se establece el uso y simplifica el número de Gasolinas/Gasohol a Regular y Premium a partir del 01 de enero de 2023 a nivel nacional. Cabe resaltar que para las plantas hay un plazo de adecuación que termina en febrero y en las estaciones termina en marzo 2023.
Además, es importante conocer que los productores y distribuidores mayoristas deben actualizar oportunamente sus registros de los productos gasolinas y gasohol regular y premium ante la Dirección General de Hidrocarburos, así como también deben gestionar la modificación de datos en el registro de hidrocarburos de Osinergmin antes del 31 de enero de 2023. Según las actualizaciones de datos en el registro de hidrocarburos, el SCOP configurará la gasolina y gasohol regular y premium a los distribuidores mayoristas.
Asimismo, a partir del 31 de enero de 2023 se desactivarán en el SCOP las gasolinas con octanajes que se encuentran autorizadas en las inscripciones de registro de hidrocarburos de los distribuidores mayoritas, a excepción de la gasolina 84 octanos que sea comercializada a los establecimientos de venta al público y consumidores directos ubicados en los departamentos de Amazonas, Loreto, Madre de Dios y San Martín.
El ex director general de hidrocarburos del Ministerio de Energía y Minas, Erick García Portugal, quien fue partícipe de la sanción de la normativa, conversó con Surtidores Latam al respecto de las dudas que aún existen en el sector.
La medida fue adoptada con la finalidad de buscar la optimización del almacenamiento y facilitar la venta y comercialización de los combustibles en favor de los usuarios.
“Creo que la gran preocupación de los empresarios del sector minorista es el desconocimiento”, aseguró García Portugal. Al mismo tiempo explicó: “No hay una correcta instrucción de las ventajas de la norma, ni de la aplicabilidad”.
“No ha habido una comunicación real por parte del Ministerio de Energía y Minas de cómo se implementaría, tampoco de sanciones. Se habla claramente de un proceso de adecuación, es un acompañamiento, de eso se trata”, afirmó el especialista.
En referencia a los cambios que se deben llevar a cabo en los Grifos y Estaciones de servicio, indicó: “Los gastos no son muy significativos, lo único que están cambiando por ejemplo es tener los colores de las bocas o cambios en los surtidores«.
Al respecto, cabe recordar que dentro del Decreto Supremo 014-2021-EM se estableció que “las máquinas dispensadoras de Gasolina o Gasohol en los Establecimientos de Venta al Público de Combustibles están identificadas con el color correspondiente y la letra G en mayúsculas, seguida del tipo de gasolina o gasohol correspondiente”.
«En cuanto al tema de limpieza de tanques no es tan necesario ya que no va a costar el tema de control de calidad, con el mismo uso y las operaciones no afectará. Son gastos puntuales y por única vez”, resumió García Portugal.
Fuente: Surtidores Latam