GLP

Amplían vigencia del Fondo para la Estabilización de Precios de los Combustibles Derivados del Petróleo [Aquí el D.U]

Published

on

Según el Decreto Supremo Nº 007-2022-EM, se amplia la permanencia de productos afectos al Fondo para la Estabilización de Precios de los Combustibles Derivados del Petróleo.

La norma incluye a las Gasolinas de 84 y 90 octanos, al Gasohol de 84 octanos y al Gas Licuado de Petróleo destinado para granel (GLP- G), como Productos sujetos al Fondo para la Estabilización de Precios de los Combustibles Derivados del Petróleo – FEPC, según el artículo 2 del Decreto de Urgencia Nº 010-2004. Dicha inclusión se realiza hasta el 30 de setiembre de 2022.

Fiscalización

El Decreto Supremo Nº 007-2022-EM establece que, el OSINERGMIN cumpla con la correcta
aplicación de las disposiciones previstas, para lo cual realizará supervisiones focalizadas considerando el volumen de las transacciones realizadas, así como el historial comercial de los agentes de comercialización de hidrocarburos, entre otras acciones de fiscalización.
«El OSINERGMIN contrata los recursos humanos (especialistas y empresas supervisoras) necesarios para el cumplimiento de lo establecido en el presente Decreto Supremo, para lo cual la Presidencia del Consejo de Ministros brinda las facilidades correspondientes.

Asimismo, el Decreto Supremo Nº 007-2022-EM, establece la vigencia de las Bandas de Precio Objetivo del Diesel BX destinado al uso vehicular, del Diesel 2 destinado al uso vehicular, del GLP-E, del GLP-G, de las Gasolinas de 84 y 90 octanos, y del Gasohol de 84 octanos.

«Establézcase que, las Bandas de Precio Objetivo del Diesel BX destinado al uso vehicular, Diesel 2 destinado al uso vehicular, GLP – E, GLP – G, Gasolinas de 84 y 90 octanos, y Gasohol de 84 octanos fijadas por el OSINERGMIN mediante Resolución de Regulación de Tarifas Nº022-2022-OS/GRT, se mantienen vigentes hasta el día jueves 30 de junio de 2022.
En su segunda disposición transitoria establece que, a partir del 01 de julio de 2022, el
límite superior de la Banda de Precio Objetivo del Diesel BX destinado al uso vehicular es igual a S/ 12.01 por galón.

Las actualizaciones de esta Banda de Precios Objetivo se realizan a partir del último jueves del mes de agosto de 2022.

DECRETO DE URGENCIA Nº 007-2022-EM

https://media-exp1.licdn.com/dms/document/C4E1FAQErHdqpw4CCBg/feedshare-document-pdf-analyzed/0/1656327619525?e=1657152000&v=beta&t=kRpImOIBljCuJcOs26I3qP0WDUnAkKmu7yd7LzVL-P8

Tendencias

Salir de la versión móvil