Minería
Poder Judicial anula 7 concesiones mineras y enciende alerta sobre seguridad jurídica
· Decisión afecta más de 6,400 hectáreas en Puno y podría sentar un precedente para futuras inversiones extractivas
· Experto en consulta previa, Gustavo Zambrano, señala este precedente como peligroso para nuevas inversiones y resta predictibilidad al terminar tergiversando el derecho a la consulta de su finalidad: dialogar
Lima, mayo de 2026.- Un fallo del Poder Judicial encendió una nueva controversia sobre el futuro de las inversiones mineras en el Perú. El Segundo Juzgado Mixto de Desaguadero anuló siete concesiones mineras en la región Puno —que abarcan más de 6,400 hectáreas— al concluir que fueron otorgadas sin realizar consulta previa a comunidades indígenas aimaras.
La decisión judicial alcanza a las concesiones Kelluyo 01 al 07, otorgadas a la empresa Nueva Energía Metales S.A.C., y responde a una demanda presentada por comunidades de la zona, que alegaron vulneración de derechos fundamentales como el territorio, la participación y la autodeterminación, en el marco del Convenio 169 de la OIT.
El fallo introduce un criterio con potencial impacto nacional: establece que la concesión minera, incluso sin actividad extractiva en marcha, puede generar afectaciones sobre territorios indígenas y, por tanto, requiere consulta previa. Para especialistas, esta interpretación podría modificar la forma en que se otorgan derechos mineros en el país y elevar la judicialización de proyectos.
La decisión también reabre un debate jurídico de alto impacto para el sector. El Tribunal Constitucional ha sostenido en anteriores sentencias que la sola entrega de una concesión minera no activa automáticamente la obligación de realizar consulta previa, al no existir una afectación directa inmediata sobre comunidades indígenas.
“El caso de Puno refleja un problema de fondo: la discusión ya no gira únicamente en torno al cumplimiento de la consulta previa y los derechos de los pueblos indígenas, sino al riesgo de que el debate se polarice entre estar a favor o en contra de la minería. Esto puede generar mayor confrontación social e incertidumbre jurídica, debilitando la posibilidad de construir proyectos sostenibles con diálogo, participación efectiva de las comunidades y reglas claras para la inversión”, señaló Gustavo Zambrano, experto en pueblos indígenas y consulta previa en minería.
El especialista advirtió además que el criterio adoptado por el juzgado de Desaguadero marca una diferencia frente a la línea que había mantenido el TC. “Esto puede abrir nuevas controversias sobre la seguridad jurídica y la predictibilidad para las inversiones en el sector minero”, sostuvo.
La sentencia podría convertirse en un precedente para impulsar nuevas acciones legales contra concesiones vigentes en distintas regiones del país, en momentos en que el Perú busca acelerar inversiones mineras y destrabar proyectos estratégicos.
El juzgado dispuso que cualquier decisión futura sobre estas áreas deberá pasar obligatoriamente por un proceso de consulta previa, reforzando el carácter vinculante de este derecho y dejando sobre la mesa un desafío clave para el Estado: cómo equilibrar la protección de las comunidades indígenas con la estabilidad regulatoria que exige la inversión minera.