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Combustible

A partir del 1 de mayo solo se venderá gasohol regular y premium en Lima y Callao

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La Asociación Automotriz del Perú (AAP) informó que, según los plazos estipulados por el Ministerio de Energía y Minas (Minem), a partir del 1 de mayo del año en curso se venderá gasohol regular (91 octanos) y gasohol premium (96 octanos) en Lima y Callao, mientras que los gasoholes de 90, 95, 97 y 98 octanos serán comercializados hasta agotar stock o haber realizado el cambio a gasohol regular y premium.

«El Ministerio de Energía y Minas ha establecido un plazo de 60 días, a partir del 1 de enero del 2023, para que los productores, importadores y distribuidores mayoristas de combustibles comercialicen las nuevas gasolinas y gasoholes regular y premium, en tanto que a los establecimientos de venta al público de combustibles se les ha otorgado un plazo adicional de 60 días más, por lo que —a partir del 1 de mayo del 2023— en todas las estaciones de servicio a nivel nacional solo se comercializarán gasolinas regular y premium (90 y 95 octanos) y gasoholes regular y premium (91 y 96 octanos)», dio a conocer a la opinión pública.

Asimismo, Asociación Automotriz del Perú (AAP) realizó un exhaustivo análisis de calidad a los combustibles que se venden en el país. El ente halló que los valores mínimos encontrados para los gasoholes de 90 y 95 octanos fueron 93,4 y 97,2 octanos, respectivamente, información que ha sido revalidada por el Ministerio de Energía y Minas a través Oficio 1779-2022-MINEM.

“El octanaje para los gasoholes premium, el mínimo exigido es 96 octanos. Sin perjuicio de ello, los registros efectuados por los distribuidores mayoristas, correspondiente al gasohol premium, obtuvieron como resultado final un valor promedio de 98 octanos», refirió el documento.

«En tal sentido, esperamos que la calidad de los combustibles en el país mejore aún más, toda vez que —de acuerdo a lo dispuesto por el Decreto Supremo N.º 029-2021-MINAM— a partir de 1 octubre de 2024 entra en vigor la norma euro 6/VI, requiriéndose para ello que los combustibles tengan no más de 10 ppm (partes por millón) de azufre, además de valores mínimos de aromáticos, olefinas y benceno, entre otros componentes», aseveró la entidad.

Fuente: La República

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Combustible

Osinergmin adopta medidas excepcionales para garantizar abastecimiento de GLP en cinco regiones del sur

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Ante la situación de emergencia declarada por el Ministerio de Energía y Minas debido a la vulnerabilidad del abastecimiento de Gas Licuado de Petróleo (GLP) en el sur del país, el Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (Osinergmin) aprobó medidas excepcionales destinadas a fortalecer la capacidad de respuesta de la cadena de suministro y contribuir con la continuidad del servicio en Cusco, Puno, Arequipa, Moquegua y Tacna.

La medida responde a las dificultades para el traslado terrestre de GLP desde Pisco y Callao hacia estas regiones, situación que se ha visto agravada por las afectaciones ocasionadas por las lluvias en las vías de transporte y por la limitada capacidad de almacenamiento disponible.
En este contexto, Osinergmin ha establecido, con carácter excepcional y temporal, mecanismos que permiten aprovechar de manera más eficiente las capacidades logísticas disponibles y facilitar el transporte e importación de GLP, sin dejar de exigir el cumplimiento de las condiciones técnicas y de seguridad.

Más capacidad para transportar GLP
Entre las principales medidas aprobadas se encuentra la posibilidad de utilizar, durante la emergencia, tractos y cisternas inscritos en distintas fichas de registro del Registro de Hidrocarburos de un mismo operador, para realizar operaciones de transporte de GLP destinadas a las cinco regiones comprendidas en la emergencia.
Asimismo, los camiones cisterna utilizados por distribuidores de GLP a granel podrán ser empleados temporalmente para el transporte de este combustible hacia las regiones afectadas.
De igual manera, las unidades de transporte con placas extranjeras que trasladen GLP proveniente de operaciones de importación para abastecer estas regiones podrán operar sin inscripción en el Registro de Hidrocarburos durante la vigencia de la emergencia, previa comunicación a Osinergmin y presentación de la documentación correspondiente, incluida la póliza de seguro vigente.

Se facilita la importación de GLP
Osinergmin también estableció una excepción temporal para que las empresas envasadoras con plantas envasadoras debidamente inscritas puedan importar GLP para atender el abastecimiento de las cinco regiones sin requerir, durante la emergencia, una inscripción adicional como importador de GLP con almacenamiento en planta envasadora.

La seguridad se mantiene como prioridad
Osinergmin precisó que estas medidas no significan eliminar las obligaciones de seguridad. Los agentes que se acojan a ellas mantienen la responsabilidad de cumplir las condiciones técnicas y de seguridad aplicables a las actividades de transporte, almacenamiento, importación y comercialización de hidrocarburos, así como de contar con las coberturas de seguro exigidas por la normativa vigente.
Las medidas tendrán vigencia únicamente durante el periodo de emergencia declarado por el Ministerio de Energía y Minas y sus eventuales ampliaciones. Una vez concluida la emergencia, se restablecerán las disposiciones ordinarias previstas en la normativa vigente.
De esta manera, Osinergmin reafirma su compromiso con la continuidad del abastecimiento energético y con la protección de la ciudadanía, actuando de manera oportuna ante situaciones extraordinarias y dentro del marco de sus competencias como organismo regulador y fiscalizador del sector energía.

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Combustible

PetroPerú no está en condiciones de producir combustibles Euro 6 y busca ampliar el plazo hasta 2030

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Gasbel Web.

PetroPerú reconoció que actualmente no cuenta con la capacidad necesaria para producir combustibles que cumplan con el estándar Euro 6, que establece un máximo de 10 partes por millón (ppm) de azufre. La normativa vigente contempla que estos combustibles sean de uso obligatorio en gran parte del país desde diciembre de 2026; sin embargo, la empresa estatal solicita extender el plazo hasta 2029 para las gasolinas y hasta 2030 para el diésel.

La situación es aún más compleja según la evaluación realizada por ProInversión, entidad encargada de participar en el proceso de reestructuración de PetroPerú. De acuerdo con un documento presentado en julio, ninguna de las cinco refinerías de la empresa está actualmente en capacidad de producir combustibles con un contenido máximo de 10 ppm de azufre.

El último plazo establecido por el Gobierno fue fijado mediante el Decreto Supremo 011-2025, emitido el 1 de junio de 2025, que determinó que desde el 31 de diciembre de 2026 solo podría comercializarse y utilizarse combustible que cumpla con el estándar Euro 6.

No obstante, PetroPerú ya había advertido que las dificultades operativas de la Refinería Talara impedían alcanzar ese objetivo en el tiempo previsto. En marzo de 2026, la empresa solicitó formalmente al Ministerio de Energía y Minas ampliar el periodo de adecuación: hasta marzo de 2029 para producir gasolinas con un máximo de 10 ppm de azufre y hasta marzo de 2030 para el diésel.

El diagnóstico de ProInversión resulta todavía más preocupante. De las cinco unidades de refinación de PetroPerú, tres se encuentran operativas: Talara, con una capacidad de 95.000 barriles por día y combustibles de 50 ppm; Iquitos, con 12.000 barriles por día y 1000 ppm; y Conchán, con 15.500 barriles por día y 50 ppm. Las refinerías El Milagro y Pucallpa permanecen fuera de operación.

Según el informe técnico, ninguna de estas instalaciones tiene actualmente la capacidad para procesar hidrocarburos que permitan obtener combustibles con apenas 10 ppm de azufre.

Ante este escenario, ProInversión plantea que el plazo para la implementación del estándar Euro 6 se extienda hasta 2036, lo que significaría una nueva prórroga de diez años. La entidad sostiene que una aplicación inmediata de la norma podría afectar seriamente el proceso de reorganización patrimonial y operativa de PetroPerú.

El eventual incumplimiento del plazo también tendría consecuencias para la empresa estatal, debido a que no podría continuar comercializando combustibles que no cumplan con la nueva exigencia. Esto podría afectar directamente una de sus principales actividades comerciales y complicar aún más su proceso de recuperación.

La discusión plantea un desafío para el Gobierno: avanzar hacia combustibles menos contaminantes sin poner en riesgo la viabilidad de PetroPerú. Para ello, será necesario establecer una hoja de ruta clara, con inversiones, plazos realistas y transparencia sobre las condiciones técnicas y financieras que enfrenta la empresa.

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Combustible

Osinergmin flexibiliza medidas para facilitar el abastecimiento de Diesel B5 y Gasolina Regular

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El Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (Osinergmin) aprobó medidas excepcionales y transitorias para facilitar el almacenamiento y abastecimiento de Diesel B5 y Gasolina Regular durante la vigencia de la situación de emergencia de las actividades de hidrocarburos vinculadas al abastecimiento de combustibles en Ucayali.

La medida fue aprobada mediante la Resolución de Consejo Directivo N.° 156-2026-OS/CD, publicada en la Edición Extraordinaria de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano del lunes 17 de agosto de 2026.

La resolución aprueba el formato de declaración jurada de cumplimiento de la normativa técnica y de seguridad aplicable a las excepciones relacionadas con las operaciones de recepción, almacenamiento, transferencia, mezcla, agregado de aditivos y despacho de Diesel B5 y Gasolina Regular.

Durante la vigencia de la situación de emergencia y sus eventuales ampliaciones, se permitirá la habilitación parcial o total en el Registro de Hidrocarburos de las plantas de procesamiento ubicadas en Ucayali que se encuentren suspendidas a pedido de parte.

Esta habilitación permitirá que dichas plantas realicen operaciones de recepción, almacenamiento, transferencia, mezcla, agregado de aditivos y despacho de Diesel B5 y Gasolina Regular en tanques compatibles con estos combustibles, previa presentación ante Osinergmin de la solicitud y los requisitos establecidos.

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