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Combustible

MINEM exonera a productores de mantener 15 días de inventario ante riesgo de desabastecimiento de gasolinas

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El Ministerio de Energía y Minas, a través de la Dirección General de Hidrocarburos (DGH), dispuso una medida transitoria de excepción que exonera a productores y distribuidores mayoristas de la obligación de mantener existencias mínimas de gasolinas y gasoholes por 15 días. La decisión responde al bajo nivel de inventarios a nivel nacional, limitaciones en la producción de la Refinería Talara y retrasos logísticos por condiciones climáticas adversas.

La medida, que rige por un plazo de quince días calendario, busca evitar una afectación mayor en el abastecimiento, especialmente en el sector transporte, en un contexto en el que el mercado ha ingresado a un sistema de cuotas por escasez.

Bajo inventario y parada en Talara activan medida excepcional

De acuerdo con el Informe Técnico Legal N° 024-2026-MINEM-DGH/DPTC-DNH, el país enfrenta bajos niveles de inventarios de gasolinas y gasoholes en terminales y plantas de abastecimiento, además de limitaciones en la producción de gasolinas Premium en la refinería de Petroperú en Talara.

A ello se suma la parada programada de la Unidad de Reformación Catalítica (RCA) desde el 15 de febrero de 2026, lo que ha reducido la capacidad de producción de combustibles de alto octanaje. Las condiciones climatológicas adversas también han afectado la reposición oportuna de inventarios vía logística marítima.

En ese escenario, la autoridad determinó que no resultaba viable exigir el cumplimiento del artículo 43 del Decreto Supremo Nº 045-2001-EM, que obliga a mantener existencias mínimas.

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Excepción temporal por 15 días a nivel nacional

Mediante resolución directoral, sustentada en el Decreto Supremo Nº 001-2011-EM, la DGH resolvió exceptuar del cumplimiento del requisito de existencias mínimas a productores y distribuidores mayoristas con capacidad de almacenamiento propia o contratada.

La medida tiene alcance nacional y estará vigente por 15 días calendario desde su publicación, como mecanismo transitorio para evitar una mayor afectación al abastecimiento.

Importación de 320 MB de gasolina para reforzar suministro

En paralelo, se informó que Petroperú adjudicó la importación de 320 mil barriles de gasolina de alto octanaje, que serán transportados por el buque HATAKA PRINCESS, con arribo previsto entre el 20 y 24 de febrero de 2026 a los terminales de Conchán y Talara.

La medida apunta a reforzar inventarios y contribuir a la normalización progresiva del mercado, que en los últimos días ha operado bajo esquemas de racionamiento ante la escasez reportada.

La información difundida por el economista y especialista en energía Walter Espinoza Villaverde coincide con lo dispuesto oficialmente por la DGH, confirmando que la exoneración responde a una situación de emergencia operativa y logística que pone en riesgo el suministro nacional de gasolinas.

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Combustible

MINEM asegura que se incrementará almacenamiento de combustibles en Ucayali en el más corto plazo

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  • Ministro de Energía y Minas, Guillermo Shinno, sostuvo que, con esta medida, se garantiza el abastecimiento de combustible en la región.

El ministro de Energía y Minas, Guillermo Shinno, sostuvo una reunión con representantes de las empresas Petroperú y Aguaytía Energy con el objetivo de lograr un mayor almacenamiento de combustibles y hacer frente a la demanda de la región Ucayali.

Aguaytia Energy proporcionará a Petroperú dos tanques que garantizarán una mayor capacidad de almacenamiento de combustibles e incrementará el stock disponible en la región en el corto plazo.

Más temprano, el titular del MINEM lideró una mesa de trabajo en la que participaron funcionarios del sector, el Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (Osinergmin), Petroperú, autoridades locales y regionales, senadores, diputados con el objetivo de proteger a las familias de la región.

El ministro informó que, de acuerdo a lo reportado por Petroperú, existe combustible disponible en Ucayali, por lo que el abastecimiento está garantizado.

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Combustible

Surtidores celebra 55 años impulsando innovación, confianza y servicio en el Perú

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Surtidores S.A.C., empresa peruana conocida comercialmente como Surtidores, celebra en agosto de 2026 su 55 aniversario, consolidando una trayectoria estrechamente vinculada al desarrollo y modernización del sector de hidrocarburos en el país. Desde el inicio de sus operaciones, en agosto de 1971, la compañía ha mantenido el compromiso de ofrecer soluciones confiables, seguras y eficientes para sus clientes.

La empresa fue fundada por el señor Matías Alfredo Ballesteros Gamarra como una organización dedicada a brindar servicios y fabricar surtidores para el expendio de combustibles. Aquella iniciativa, nacida con una clara vocación técnica y de servicio, sentó las bases de una compañía que ha sabido evolucionar junto con las necesidades del mercado peruano y los avances tecnológicos de la industria.

Uno de sus primeros hitos de innovación ocurrió a inicios de la década de 1980, cuando Surtidores introdujo tecnología digital en sus equipos de despacho de combustible. Posteriormente, alrededor de 1996, instaló la primera estación equipada con tuberías flexibles (un sistema no ferroso ni metálico) y tanques de doble contención (doble pared), contribuyendo a elevar los estándares de seguridad, eficiencia y protección ambiental de las instalaciones.

Durante estas cinco décadas y media, Surtidores ha desarrollado su labor sobre principios que constituyen los pilares de su éxito: profesionalismo, creatividad, dedicación, puntualidad, buen trato y seguridad. Estos valores orientan el trabajo cotidiano de sus colaboradores, la relación con sus clientes y la búsqueda permanente de soluciones que respondan a los desafíos de cada operación.

Su permanencia en el mercado demuestra una capacidad constante para anticipar cambios, incorporar nuevas tecnologías y acompañar a las empresas que sostienen el abastecimiento energético nacional.

La misión de la empresa es brindar a los sectores de comercialización, almacenamiento y transporte de hidrocarburos equipos y servicios de la más alta calidad, ayudándolos a generar riqueza, reducir costos, mejorar su eficiencia y contribuir al desarrollo nacional. De cara al futuro, su visión es convertirse en el principal proveedor de soluciones integrales para la distribución de energía en el Perú.

Al cumplir 55 años, Surtidores reconoce especialmente la confianza de sus clientes, colaboradores, proveedores y aliados, quienes han acompañado su crecimiento y evolución. La empresa renueva así su compromiso de continuar innovando, fortaleciendo sus capacidades técnicas y ofreciendo un servicio cercano, profesional y seguro para afrontar los nuevos retos del sector energético peruano.

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Combustible

«Tribunal constitucional evaluará demandas de inconstitucionalidad contra el decreto de urgencia 010-2025 que pretende desmembrar Petroperú»

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Ø  La audiencia pública evaluará de manera acumulada la demanda interpuesta por la Defensoría del Pueblo y la presentada por la Municipalidad Provincial de Talara.

Ø  En paralelo, la vía judicial admitió la demanda de amparo de FENPETROL (Expediente N.° 00216-2026-0-1801-JR-DC-05), fijando Audiencia Única para el próximo 5 de octubre de 2026.

Ø  Instituciones clave de la sociedad civil como el Colegio de Abogados de Lima (CAL) y el Colegio de Ingenieros del Perú (CIP) coincidieron en que el DU 010-2025 vulnera el principio de excepcionalidad constitucional, pone en riesgo los derechos laborales y entrega, de forma improvisada, la reestructuración de la empresa a entes como Proinversión con un enfoque puramente financiero y de concesiones.

Ø  FENPETROL remarca que estos pronunciamientos judiciales y del Tribunal Constitucional marcarán un hito fundamental en la defensa de la seguridad energética, la soberanía nacional y la estabilidad laboral de miles de familias peruanas.

La Federación Nacional de Trabajadores Petroleros, Energía y Afines del Perú (FENPETROL) informa a los medios de comunicación y a la opinión pública que el Tribunal Constitucional (TC) resolverá en audiencia pública, este martes 25 de agosto de 2026, en su sede de San Isidro, la demanda de inconstitucionalidad presentada por la Defensoría del Pueblo (Expediente N.° 00003-2026-PI/TC), acumulada al proceso interpuesto por la Municipalidad Provincial de Talara (Expediente N.° 00004-2026-PI/TC), en contra del Decreto de Urgencia 010-2025.

El polémico dispositivo legal fue promulgado de forma intempestiva el 31 de diciembre de 2025 por el Gobierno transitorio del presidente interino José Jerí. Bajo el pretexto de una «reorganización patrimonial», el decreto plantea desmembrar y privatizar las principales unidades de negocio de la petrolera estatal, vulnerando de manera flagrante la Constitución y los derechos de los trabajadores.

Al respecto, el Defensor del Pueblo, Josué Gutiérrez, ha calificado la norma como «osada», inconstitucional e incompatible con el artículo 60° de la Carta Magna, señalando que Petroperú es un activo crítico y estratégico para la seguridad energética nacional. Asimismo, sostuvo que el Ejecutivo se excedió en sus facultades al alterar el régimen jurídico de la empresa mediante un decreto de urgencia, eludiendo el debate parlamentario y vulnerando los principios de jerarquía normativa y separación de poderes.

En sus alegatos principales, la Defensoría advierte que el DU 010-2025 no cumple con los criterios de urgencia ni de imprevisibilidad, pretendiendo aplicar despidos masivos y forzar la incorporación indebida de la empresa al régimen de promoción de la inversión privada (D. Leg. N.° 674), pese a estar expresamente excluida por la Ley N.° 28244.

ACCIONES EN LA VÍA JUDICIAL: DEMANDA DE AMPARO DE FENPETROL

Sumándose a las acciones en el Tribunal Constitucional, FENPETROL recurrió a la vía judicial mediante la presentación de un proceso de amparo ante el 5° Juzgado Constitucional de la Corte Superior de Justicia de Lima (Expediente N.° 00216-2026-0-1801-JR-DC-05).

Dicha demanda fue admitida a trámite mediante la Resolución Nro. 01 contra la Presidencia del Consejo de Ministros, el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), el Ministerio de Energía y Minas (MINEM), Proinversión y Petroperú, con el objetivo de lograr la inaplicabilidad del DU 010-2025, resguardar la estabilidad laboral de los trabajadores y frenar la privatización y ceses colectivos. El juzgado ha fijado fecha para la Audiencia Única el próximo lunes 5 de octubre de 2026.

RESPALDO DE COLEGIOS PROFESIONALES

El Colegio de Abogados de Lima (CAL) y el Colegio de Ingenieros del Perú (CIP) coincidieron con la posición de las organizaciones sindicales en que Petroperú cumple un rol irremplazable en el abastecimiento nacional de combustibles. Ambas órdenes profesionales criticaron el enfoque improvisado del DU 010-2025, advirtiendo que transferir activos sin control técnico especializado ni amparo constitucional pone en riesgo la soberanía energética del país.

La FENPETROL hace un llamado a la ciudadanía, gremios laborales y organizaciones civiles a mantenerse vigilantes ante este trascendental pronunciamiento del Tribunal Constitucional y los avances del proceso en el Poder Judicial, donde no solo se define el destino de la principal empresa pública del país, sino también el respeto al orden constitucional y la seguridad energética de todos los peruanos.

Gasbel Web.
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