Transporte
Taxistas que ingresen a Jorge Chávez deberán acreditar recojo de pasajero desde el 1 de marzo

El Ositran publicó hoy -a través de normas legales- las nuevas condiciones y reglas generales para el uso de playa de estacionamiento del aeropuerto internacional Jorge Chávez, las que entrarán en vigencia desde el 1 de marzo.
Estas disposiciones -cabe precisar- nace para enfrentar una problemática identificada por LAP, concecionario del aeropuerto capitalino, relacionado al desorden en la parte externa del terminal de pasajeros, generando inseguridad en contra de los viajeros, las que es atribuible -dice el documento emitido- a la ocupación de la vía (avenida Faucett) por parte de taxistas que la utilizan como paradero informal.
Esta problemática se vio agravada debido a que los taxistas informales ocuparon inclusive la vía vehicular dentro de la playa de estacionamiento del aeropuerto Jorge Chávez conocida como la “vía libre”, bloqueando incluso en algunos casos, los senderos peatonales que están destinados para facilitar el acceso a los pasajeros, generando desorden, caos y sobre todo inseguridad para los usuarios.
A esta situación se suma que dichos taxistas -refirió el concecionario- originan aglomeraciones cuando al bajarse de sus vehículos ofrecen sus servicios a los pasajeros, abordándolos de manera insistente durante su recorrido a la salida del terminal, a fin de que éstos contraten el servicio de taxi, lo que causa malestar en los pasajeros.
LAP remarcó que ha recibido reclamos en donde los usuarios han manifestado su malestar e incomodidad por la presencia de un “enorme número de choferes de taxis y jaladores que asechan a los turistas”.
Esta situación -se lee en norma legal- fue confirmada por la Gerencia de Atención al Usuario del Ositran, que realizó un monitoreo a las instalaciones del terminal en el marco de sus funciones y halló:
- Desorden y aglomeración en la parte externa del terminal, tanto en zona nacional como internacional, generado por la gran cantidad de personas que brindan el servicio de taxi.
- Obstrucción del tránsito peatonal desde o hacia el terminal de pasajeros, dado que algunos taxistas se ubican en los senderos peatonales.
- Ofrecimiento del servicio de taxi a viva voz y mediante carteles a los pasajeros que salen del terminal.
Así tras revisar lo expuesto por LAP, verificar la problemática y recibir la propuesta con las nuevas condiciones y reglas generales para el uso de la playa de estacionamiento, el Ositrán refirió que esta contribuye “a la solución del problema presentado en la playa de estacionamiento del AIJCH, y cuya aplicación resulta proporcional al objetivo de garantizar el uso correcto de la infraestructura y la seguridad de los usuarios del AIJCH, encontrándose acorde con la normativa vigente”.
Las nuevas condiciones
Las nuevas condiciones para el uso de la playa de estacionamiento del aeropuerto que rige desde el 1 de marzo, son las siguientes, entre las más relevantes:
- La vía libre podrá ser usada por los vehículos particulares para dejar y recoger pasajeros.
- En el caso de los servicios de taxis que ingresen a la vía libre podrán hacer uso de ésta únicamente para dejar pasajeros. No obstante, mientras estén vigentes los “Lineamientos sectoriales para la prevención de la COVID-19 en la prestación del servicio de transporte aéreo de pasajeros y carga”, tanto vehículos particulares como taxis utilizarán la vía libre solamente para dejar pasajeros.
- En el caso de los servicios de taxi que ingresan a la playa de estacionamiento del AIJC para recoger pasajeros, deberán acreditar que cuentan con una solicitud de pasajero para tal efecto.
- Realizar el pago del ticket de estacionamiento al momento de retirarse de la playa de estacionamiento, debiendo respetar el tiempo de gracia para la permanencia del vehículo luego de efectuado el pago, el cual será determinado por LAP o la empresa operadora de la playa de estacionamiento contratada por LAP.
Respecto a las prohibiciones, las más destacadas son:
- Ofrecer el servicio de taxi o el de transporte de pasajeros a viva voz, de manera directa o a través de terceras personas (“jaladores”) en la playa de estacionamiento o en zonas aledañas a ésta, dentro del AIJC.
- Ofrecer en la playa de estacionamiento cualquier servicio o producto no autorizado por LAP.
- Ocupar espacios destinados a usuarios con capacidad reducida cuando no se tenga tal condición.
- Estacionar el vehículo en áreas no autorizadas; ocupando más de un espacio de estacionamiento.
- Obstruir, con el vehículo o con cualquier otro medio, el tránsito peatonal desde o hacia el terminal de pasajeros.
Fuente: Gestión

Transporte
Surco, SJL y SMP lideran el parque automotor nuevo en Lima

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) de la Municipalidad de Lima informó que este viernes 29 de mayo vence el plazo para el pago de la segunda cuota del impuesto al patrimonio vehicular. A pocos días del cierre, la entidad reveló el ranking de los distritos que concentran la mayor cantidad de vehículos afectos a este tributo, lo que a su vez refleja cuáles son las jurisdicciones que han adquirido más unidades nuevas en los últimos tres años.
El ‘top 5’ de los distritos con más vehículos nuevos
Santiago de Surco lidera la lista de Lima Metropolitana, seguido de cerca por otros distritos de Lima Este y Lima Norte:
- Santiago de Surco: 19 164 unidades.
- San Juan de Lurigancho: 11 604 unidades.
- San Martín de Porres: 11 596 unidades.
- Ate: 10 054 unidades.
- La Molina: 8607 unidades.
En segundo orden se ubican Miraflores (8577), Comas (7256), Cercado de Lima (7174) y Los Olivos (6923). En total, son 189 993 los vehículos registrados en la capital cuyos propietarios deben cancelar este impuesto.
¿Cómo consultar y pagar desde casa?
Para facilitar el proceso y evitar colas, el SAT recordó que los ciudadanos pueden consultar su monto a pagar de manera 100 % digital:
- Consulta rápida: Ingresando a www.sat.gob.pe en la opción “Paga tus tributos y papeletas”.
- Canales de pago: Se puede cancelar directamente desde la web del SAT, mediante las plataformas de los bancos afiliados o utilizando la billetera digital Yape.
Premios a la puntualidad
Con el objetivo de incentivar el cumplimiento oportuno, el SAT con el auspicio de Yape, realizará un sorteo virtual entre todos los contribuyentes que paguen a tiempo. Los premios incluyen gift cards de S/1000 y S/500, vales de combustible por S/100 y un Smart TV de 75”.

Transporte
Gobierno destina 33.8 millones de soles en subsidio al transporte para proteger la economía de las familias

A fin de garantizar la continuidad del servicio público de transporte terrestre regular de personas y de mercancías, el Ejecutivo aprobó el decreto de urgencia que establece medidas extraordinarias en materia económica y financiera a favor de los transportistas. La iniciativa busca atenuar el impacto del alza internacional de los combustibles y proteger el presupuesto de las familias peruanas frente al encarecimiento de la cadena logística.
Para concretar este objetivo, la norma, oficializada a través del Decreto de Urgencia nro. 004-2026, publicada hoy en el diario oficial El Peruano, autoriza la entrega de un subsidio temporal equivalente a cuatro soles por galón de diésel B5 y B20. Esta asistencia financiera directa se aplicará sobre las adquisiciones vehiculares efectuadas durante un periodo de dos meses, para lo cual el Gobierno destinará una inversión superior a los 33.8 millones de soles.
“Con este financiamiento evitamos el incremento de los pasajes y de los fletes; es decir, protegemos la economía de los hogares y aseguramos la operatividad de una actividad esencial para el país”, remarcó el presidente del Consejo de Ministros, Luis Arroyo.
Para acceder al beneficio, los transportistas deben presentar su solicitud virtual ante la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao (ATU). A este trámite adjuntarán la copia simple de los títulos habilitantes de autorización y habilitación vehicular emitidos por la instancia competente, así como la relación de comprobantes de pago electrónicos que sustenten las adquisiciones de combustible y detallen la placa de rodaje de la respectiva unidad.
Cabe precisar que la medida beneficia de forma exclusiva a los operadores formales de los ámbitos nacional, regional y provincial. La norma excluye a los servicios concesionados y a aquellos adscritos a regímenes especiales de Lima y Callao, con el propósito de concentrar el apoyo estatal en las unidades más golpeadas por la crisis energética.
De esta forma, el Gobierno brinda respuestas oportunas y concretas frente a los desafíos que presenta la coyuntura internacional, y consolida la estabilidad económica, el respaldo a la formalidad y asegura el tránsito ininterrumpido de ciudadanos y bienes en todo el territorio.

Transporte
Ejecutivo oficializa subsidio para transportistas del servicio público

El Poder Ejecutivo aprobó un subsidio económico por dos meses para transportistas del servicio público de transporte terrestre regular de personas y del servicio de transporte público terrestre de mercancías en el territorio nacional a fin de enfrentar el alza de los precios de los combustibles y moderar el impacto de la subida en beneficio de la población.
Así lo establece el Decreto de Urgencia N° 004-2026 publicado en el Boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano.
Para efectos de la implementación del subsidio económico se dispone la participación de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao (ATU) con carácter excepcional, temporal y exclusivamente circunscrita a las funciones operativas vinculadas a la administración del referido mecanismo económico.
Se precisa que el subsidio económico es otorgado a los transportistas del servicio público de transporte terrestre regular de personas en el ámbito nacional, regional y provincial, y del servicio de transporte público terrestre de mercancías.
No se encuentran comprendidos los transportistas que prestan los siguientes servicios:
– Servicios públicos de transporte terrestre regular de personas concesionados en el marco de las normas de promoción de la inversión privada.
– Servicios públicos de transporte terrestre regular de personas autorizados en el ámbito territorial de Lima y Callao en el marco de la Ley Nº 31596, Ley que establece medidas a fin de garantizar la cobertura adecuada, continuidad y calidad del servicio de transporte público en Lima y Callao, y la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 203-2023-ATU/PE, que aprueba el Reglamento que regula el Régimen Excepcional de otorgamiento o renovación de autorizaciones para la Prestación del Servicio Público de Transporte Regular en el territorio de competencia de la ATU; así como, los servicios públicos de transporte terrestre regular de personas de ámbito provincial relacionados a los Contratos de Autorización enmarcados en el literal g) del numeral 7.2 del artículo 7 del Anexo I de la Ordenanza Nº 1769 de la Municipalidad Metropolitana de Lima, bajo competencia de la ATU.
Este beneficio se otorga respecto de las adquisiciones de combustible realizadas durante un periodo de dos (2) meses, contados desde el día siguiente de la publicación del presente Decreto de Urgencia.
El subsidio económico consiste en la entrega de un importe equivalente a S/ 4.00 (cuatro y 00/100 soles) por galón de combustible diésel B5 y diésel B20 con un contenido de azufre menor o igual a 50ppm.
La norma establece el monto máximo de adquisición de combustible, así como las condiciones que debe cumplir el transportista que solicita el acceso al subsidio, entre otras disposiciones.

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