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Combustible

Gobierno asegura recursos para Fondo de Estabilización de Precios de Combustibles

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Subsidio de GLP

El Gobierno dispuso medidas para asegurar el cumplimiento del pago de obligaciones derivadas del Fondo de Estabilización de Precios de los Combustibles (FEPC), así como promover el acceso al Gas Natural Vehicular (GNV) y al Gas Licuado de Petróleo (GLP) automotriz.

Mediante Decreto de Urgencia Nº 109-2021, publicado hoy en el diario oficial El Peruano, se autorizó una transferencia de 550 millones de soles a favor del Ministerio de Energía y Minas, destinado a financiar el pago de las obligaciones que tiene el FEPC, con los productores e importadores bajo su ámbito, con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF).

El Fondo de Estabilización de Precios de los Combustibles fue creado en el 2004, para atenuar los efectos de la volatilidad de la cotización del petróleo y su impacto sobre los combustibles derivados, entre ellos el GLP. Los cambios en los precios internacionales se reflejan en los nacionales porque se importa buena parte del petróleo.

Ante ello, se estableció la creación de una banda de precios que limite su variación con un precio máximo y uno mínimo. Es decir, cuando el precio internacional sube por encima del precio máximo, los consumidores pagan el precio máximo y el Estado usa los recursos del fondo para pagar la otra parte y mantener los precios dentro de la banda. Mientras que, cuando el precio internacional se encuentra por debajo del precio mínimo, el consumidor paga el precio mínimo y la otra parte se acumula en el fondo.

Por lo tanto, el Gobierno está dotando de recursos al Fondo de Estabilización de Precios de los Combustibles para mitigar la volatilidad de los costos.

GLP y GNV

Asimismo, el presente decreto de urgencia autoriza la transferencia de 200 millones de soles a la Corporación Financiera de Desarrollo (Cofide) para financiar las conversiones de vehículos de GLP a GNV.

También se dispone la utilización de los recursos del Fondo de Inclusión Social Energético (FISE) para desarrollar programas de acceso de GLP automotriz en aquellas zonas que no cuenten con establecimientos de venta de GNV, por un periodo de seis meses y hasta un máximo de 30 millones de soles.

Los titulares de las entidades que ejecutan los recursos son responsables de la adecuada implementación de lo establecido en el presente decreto de urgencia, lo que comprende el uso y destino de los recursos autorizados, conforme a la normatividad vigente.

Los recursos que se transfieran en el marco del mencionado decreto de urgencia no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

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Combustible

Osinergmin dispone que estaciones reporten inventarios diarios de combustibles como requisito para operar en el SCOP

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El Osinergmin aprobó nuevas medidas transitorias que obligan a los establecimientos de venta de combustibles a reportar diariamente sus inventarios de combustibles líquidos y GLP, con el objetivo de reforzar el seguimiento del abastecimiento a nivel nacional.

Medida temporal para fortalecer el control

La disposición fue establecida mediante la Resolución de Consejo Directivo N.° 60-2026-OS/CD y tendrá una vigencia de 180 días calendario. Este periodo incluye una fase inicial de 30 días enfocada en la difusión y fiscalización orientativa.

Registro obligatorio en plataforma virtual

Los grifos y estaciones de servicio deberán registrar diariamente sus inventarios en la Plataforma Virtual de Osinergmin (PVO), utilizando el Sistema de Control de Órdenes de Pedido (SCOP). La medida busca garantizar información actualizada sobre la disponibilidad de combustibles en el país.

Horarios establecidos y responsabilidad legal

El registro deberá realizarse con corte entre las 6:00 a.m. y las 9:00 a.m., y enviarse hasta las 12:00 p.m. del mismo día. La información consignada tendrá carácter de declaración jurada, lo que implica responsabilidad directa por parte de los operadores.

Condición para operar en el SCOP

El cumplimiento de esta obligación será requisito indispensable para operar en el SCOP. En caso de incumplimiento, se podría restringir la emisión de órdenes de compra. Además, se mantiene la exigencia de llevar registros físicos complementarios al sistema digital.

Impacto en la continuidad operativa

La implementación de estas medidas busca evitar desabastecimientos y mejorar la supervisión del mercado, por lo que se recomienda a los operadores adoptar las acciones necesarias para cumplir con lo dispuesto y garantizar la continuidad de sus operaciones.

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Combustible

Osinergmin informó sobre variación semanal de precios de referencia de combustibles a nivel mayorista

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Los Precios de Referencia de las Gasolinas/Gasoholes Premium, Regular y de 84 octanos se incrementaron en promedio 2,66%, 3,31% y 4,83%, respectivamente. Por su parte, los Precios de Referencia del Diésel B5 y de los Residuales se incrementaron en promedio 3,09% y 3,07%, respectivamente. Por otro lado, el Precio de Referencia del Alcohol Carburante se incrementó 2,30%, mientras que, el Precio del Biodiésel B100 se redujo en 1,36%.

Finalmente, el Precio de Referencia de Importación del GLP se redujo 0,75% con relación a su precio de la semana anterior.

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Combustible

Supervisan que estaciones de servicio cumplan con la normativa vigente de comercialización de combustibles

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La Primera Fiscalía Especializada en Prevención del Delito de Chiclayo en Lambayeque, lideró una acción preventiva conjunta con Sunat, Osinergmin, Sunafil, el Centro Integrado Formaliza Ahora Lambayeque y la Defensoría del Pueblo, con la finalidad de prevenir la comisión de los delitos de acaparamiento (art. 233°) y de especulación y alteración de pesos y medidas (art. 234° del Código Penal), en el marco del control de precios en las estaciones de servicio.

Durante la intervención a los establecimientos el fiscal adjunto provincial Víctor Yrigoin Vera, verificó el cumplimiento de la normativa vigente en la comercialización de combustibles, constatándose la correcta exhibición de precios, la exactitud en el despacho y la transparencia en las condiciones de venta.

Representantes de la Sunat corroboraron el cumplimiento de obligaciones tributarias y la adecuada emisión de comprobantes de pago.

Por su parte, personal de Osinergmin no advirtió irregularidades en precios ni en el sistema de despacho, precisando que el GLP presenta ligera reducción promedio, mientras que el combustible líquido no hay una tendencia a la baja y el gas natural se mantienen estable a pesar de la crisis; asimismo, representantes de Sunafil no detectaron incumplimientos en materia laboral, finalmente el representante de la Defensoría del Pueblo confirmó la adecuada prestación del servicio y respeto de derechos de los usuarios.

El representante del Ministerio Público exhortó a los administradores de los establecimientos a cumplir con la adecuada exhibición de precios, garantizar la exactitud en el despacho de combustible, mantener calibrados los surtidores y abstenerse de incurrir en prácticas que puedan configurar actos de especulación o vulneración de los derechos de los consumidores; ello en vía de prevención de los delitos de acaparamiento, previsto en el artículo 233° del Código Penal, así como de especulación y alteración de pesos y medidas, tipificado en el artículo 234° del cuerpo normativo.

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