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Combustible

Petroperú garantiza abastecimiento de combustibles en todo el país

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La empresa estatal Petroperú reiteró que garantiza el abastecimiento de combustibles en todo el país, puesto que cuenta con las reservas suficientes y la capacidad logística necesaria.

«Petroperú se dirige a la opinión pública para reiterar que garantiza el abastecimiento de combustibles a escala nacional. La empresa dispone de reservas suficientes de hidrocarburos, así como de la capacidad y logística necesaria para proveer productos de la mejor calidad y a los precios más competitivos del mercado nacional», indicó.

«Cabe recordar que el compromiso de la petrolera estatal con su misión de abastecer de combustibles al país se ha mantenido constante desde hace más de 50 años de presencia en el mercado, incluso en situaciones de grave complejidad, como el terremoto del 2021 en Amazonas o el de setiembre del 2007 en Paracas, así como durante El Niño costero y otras situaciones similares», agregó.

Petroperú señaló que, en estas y otras situaciones imprevisibles, ha mantenido el abastecimiento de combustibles en el territorio nacional porque posee la red de distribución más grande del país, lo que le permite también llegar a los lugares más remotos por todas las vías posibles: terrestres, marítimas, aéreas y fluviales.

«Asimismo, comunicamos que –gracias a su nueva política comercial– la empresa ha recuperado en los últimos tres meses su liderazgo en el mercado de combustibles líquidos, alcanzando una participación de 56 % en gasolinas y 40 % en diésel», manifestó.

«Esto ha sido posible gracias al enorme esfuerzo para obtener eficiencias optimizando el presupuesto de gastos, lo que ha permitido una reducción en los precios de venta a la ciudadanía en general. En tal sentido, la empresa de bandera reafirma su compromiso con el desarrollo integral del país», añadió.

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Osinergmin dispone que estaciones reporten inventarios diarios de combustibles como requisito para operar en el SCOP

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El Osinergmin aprobó nuevas medidas transitorias que obligan a los establecimientos de venta de combustibles a reportar diariamente sus inventarios de combustibles líquidos y GLP, con el objetivo de reforzar el seguimiento del abastecimiento a nivel nacional.

Medida temporal para fortalecer el control

La disposición fue establecida mediante la Resolución de Consejo Directivo N.° 60-2026-OS/CD y tendrá una vigencia de 180 días calendario. Este periodo incluye una fase inicial de 30 días enfocada en la difusión y fiscalización orientativa.

Registro obligatorio en plataforma virtual

Los grifos y estaciones de servicio deberán registrar diariamente sus inventarios en la Plataforma Virtual de Osinergmin (PVO), utilizando el Sistema de Control de Órdenes de Pedido (SCOP). La medida busca garantizar información actualizada sobre la disponibilidad de combustibles en el país.

Horarios establecidos y responsabilidad legal

El registro deberá realizarse con corte entre las 6:00 a.m. y las 9:00 a.m., y enviarse hasta las 12:00 p.m. del mismo día. La información consignada tendrá carácter de declaración jurada, lo que implica responsabilidad directa por parte de los operadores.

Condición para operar en el SCOP

El cumplimiento de esta obligación será requisito indispensable para operar en el SCOP. En caso de incumplimiento, se podría restringir la emisión de órdenes de compra. Además, se mantiene la exigencia de llevar registros físicos complementarios al sistema digital.

Impacto en la continuidad operativa

La implementación de estas medidas busca evitar desabastecimientos y mejorar la supervisión del mercado, por lo que se recomienda a los operadores adoptar las acciones necesarias para cumplir con lo dispuesto y garantizar la continuidad de sus operaciones.

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Combustible

Osinergmin informó sobre variación semanal de precios de referencia de combustibles a nivel mayorista

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Los Precios de Referencia de las Gasolinas/Gasoholes Premium, Regular y de 84 octanos se incrementaron en promedio 2,66%, 3,31% y 4,83%, respectivamente. Por su parte, los Precios de Referencia del Diésel B5 y de los Residuales se incrementaron en promedio 3,09% y 3,07%, respectivamente. Por otro lado, el Precio de Referencia del Alcohol Carburante se incrementó 2,30%, mientras que, el Precio del Biodiésel B100 se redujo en 1,36%.

Finalmente, el Precio de Referencia de Importación del GLP se redujo 0,75% con relación a su precio de la semana anterior.

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Combustible

Supervisan que estaciones de servicio cumplan con la normativa vigente de comercialización de combustibles

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La Primera Fiscalía Especializada en Prevención del Delito de Chiclayo en Lambayeque, lideró una acción preventiva conjunta con Sunat, Osinergmin, Sunafil, el Centro Integrado Formaliza Ahora Lambayeque y la Defensoría del Pueblo, con la finalidad de prevenir la comisión de los delitos de acaparamiento (art. 233°) y de especulación y alteración de pesos y medidas (art. 234° del Código Penal), en el marco del control de precios en las estaciones de servicio.

Durante la intervención a los establecimientos el fiscal adjunto provincial Víctor Yrigoin Vera, verificó el cumplimiento de la normativa vigente en la comercialización de combustibles, constatándose la correcta exhibición de precios, la exactitud en el despacho y la transparencia en las condiciones de venta.

Representantes de la Sunat corroboraron el cumplimiento de obligaciones tributarias y la adecuada emisión de comprobantes de pago.

Por su parte, personal de Osinergmin no advirtió irregularidades en precios ni en el sistema de despacho, precisando que el GLP presenta ligera reducción promedio, mientras que el combustible líquido no hay una tendencia a la baja y el gas natural se mantienen estable a pesar de la crisis; asimismo, representantes de Sunafil no detectaron incumplimientos en materia laboral, finalmente el representante de la Defensoría del Pueblo confirmó la adecuada prestación del servicio y respeto de derechos de los usuarios.

El representante del Ministerio Público exhortó a los administradores de los establecimientos a cumplir con la adecuada exhibición de precios, garantizar la exactitud en el despacho de combustible, mantener calibrados los surtidores y abstenerse de incurrir en prácticas que puedan configurar actos de especulación o vulneración de los derechos de los consumidores; ello en vía de prevención de los delitos de acaparamiento, previsto en el artículo 233° del Código Penal, así como de especulación y alteración de pesos y medidas, tipificado en el artículo 234° del cuerpo normativo.

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