Hidrocarburos
Aprueban procesos estándar en Energía y Minas para reducir tramitología en gobiernos regionales

La Presidencia del Consejo de Ministros (PCM) aprobó los procedimientos administrativos estandarizados del sector Energía y Minas, cuya tramitación es de competencia de los gobiernos regionales, a fin de coadyuvar con el desarrollo del país y reducir los tiempos de espera en beneficio de los administrados.
La medida se dispuso mediante decreto supremo (DS) 112-2021 de la PCM, publicada el domingo 6 de Junio en el diario El Peruano.
En los considerandos de la norma se explica que con la aprobación de estos procesos administrativos estandarizados del sector Energía y Minas se prevé generar predictibilidad a los administrados y reducir la discrecionalidad de los gobiernos regionales que no cuenten con su TUPA adecuado a las disposiciones normativas vigentes, evitando toda complejidad innecesaria y coadyuvando con el desarrollo del país en el contexto de reactivación económica.
Además, se señala que permitirá obtener una mayor eficiencia en el uso de recursos, mejorando la calidad en la atención del procedimiento, eliminándose requisitos, exigencias y formalidades innecesarias en los procedimientos, reduciendo los tiempos de espera, entre otros, en beneficio de los administrados.
El presente DU establece que las medidas fijadas en la norma son de observancia obligatoria para todos los gobiernos regionales a cargo de la tramitación de los procedimientos administrativos estandarizados del sector Energía y Minas en materia de electricidad, minería, asuntos ambientales de electricidad y de hidrocarburos, temas ambientales mineros y concesiones mineras del Instituto Geológico Minero y Metalúrgico (Ingemmet).
– 19 procedimientos administrativos estandarizados en materia de electricidad.
– 21 procedimientos administrativos estandarizados en materia de minería.
– 12 procedimientos administrativos en materia de concesiones mineras del Ingemmet.
– Nueve procedimientos administrativos estandarizados en materia de asuntos ambientales de electricidad.
– Tres procedimientos administrativos estandarizados en materia de asuntos ambientales de hidrocarburos.
– 11 procedimientos administrativos estandarizados en materia de asuntos ambientales mineros.
Tramitación de procedimientos
Se fija que los gobiernos regionales se encuentran facultados a establecer condiciones más favorables en la tramitación de los procedimientos administrativos estandarizados, que se expresa en la exigencia de menores actividades y plazos de atención a los establecidos en la normativa vigente respectiva.
Se considera comprendido en este supuesto la tramitación de los procedimientos administrativos por canales no presenciales.
Se dispone que los gobiernos regionales deben tramitar los procedimientos administrativos estandarizados, en concordancia con la normativa ambiental vigente, incluyendo la obligación de solicitar la opinión técnica de la entidad competente, de forma previa a la emisión de su pronunciamiento, en los casos que corresponda.
Incorporación en TUPA de regiones
Se establece que los gobiernos regionales proceden con la incorporación de los procedimientos administrativos estandarizados del sector Energía y Minas en sus respectivos Textos Únicos Ordenados (TUPA), en un plazo máximo de cinco días hábiles contado a partir de la entrada en vigencia del presente DS.
Ello conforme al numeral 41.1 del artículo 41 del TUO de la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.
Este proceso comprende la sustitución o reemplazo de la información de los procedimientos administrativos que cada gobierno regional hubiese aprobado y/o modificado en su TUPA en forma previa a la entrada en vigencia del presente DS.
Fiscalización y supervisión
Se faculta al Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi), a través de la Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas, conforme a sus competencias, a fiscalizar que los gobiernos regionales cumplan con aplicar los procedimientos administrativos estandarizados y con incorporarlos en sus respectivos TUPA en los términos previstos en la presente norma.
Se dictamina que sin perjuicio de lo anterior, corresponde a la Contraloría General de la República, a través de los órganos de control institucional de las entidades, conforme a sus competencias, verificar de oficio que los funcionarios y servidores cumplan con las obligaciones previstas en la presente normativa.
Se fija que la presente norma entrará en vigencia a los 90 días hábiles, contados a partir de hoy lunes 7 de Junio.

Hidrocarburos
MINEM designa a José Alberto Agurto Saldaña como nuevo Director General de Hidrocarburos

El Ministerio de Energía y Minas (MINEM) oficializó hoy la designación del señor José Alberto Agurto Saldaña en el cargo de Director General de la Dirección General de Hidrocarburos (DGH), una posición clave para el desarrollo energético y la regulación del sector en el país.
La medida fue formalizada mediante la Resolución Ministerial Nº 355-2026-MINEM/DM, publicada en la edición extraordinaria del diario oficial El Peruano. El documento técnico legal ratifica que el puesto se encontraba vacante y que el profesional seleccionado cumple con el perfil requerido para asumir esta función de confianza.
Retos del cargo
La Dirección General de Hidrocarburos es el órgano de línea encargado de normar, supervisar y promover las actividades de exploración y explotación de petróleo y gas. El nuevo director asume el liderazgo en un contexto que exige:
- Dinamizar las inversiones en exploración.
- Asegurar el abastecimiento de combustibles a nivel nacional.
- Supervisar la masificación del gas natural.
La norma lleva la firma del Ministro de Energía y Minas, concluyendo así el proceso de transferencia para asegurar la continuidad operativa de la dirección.

Hidrocarburos
Anadarko confirma continuidad de proyecto exploratorio en Perú y se alista a perforar su primer pozo en el lote Z-62

- Resultados de sísmica marina respaldan decisión de avanzar con la perforación exploratoria, la etapa más decisiva del proyecto.
- La perforación del primer pozo exploratorio está prevista para el año 2027 y su resultado será crucial para confirmar el potencial de hidrocarburos.
- Anadarko Perú reafirma su apuesta por el desarrollo energético del Perú.
Anadarko Perú, operador de los Lotes Z-61, Z-62 y Z-63, ubicados en la Cuenca Trujillo, informó a PERUPETRO su decisión de avanzar al Tercer Periodo Exploratorio, que comprende la perforación de su primer pozo en el Lote Z-62. Dicha decisión confirma la continuidad de su proyecto de exploración en aguas profundas frente a las costas de La Libertad y Lambayeque, al norte del Perú.
Su paso al Tercer Periodo Exploratorio está respaldado por los resultados de los estudios de sísmica marina 3D, realizados por Anadarko Perú en el año 2024, que comprendieron el registro de 6,018 km2, el más grande en la historia de la costa del Pacífico.
La adquisición sísmica, método clave en la exploración de petróleo y gas, permitió determinar las características geológicas del subsuelo marino para identificar un posible potencial de hidrocarburos en dicha área.

La perforación del primer pozo exploratorio está prevista para el año 2027 y su resultado será crucial para confirmar el potencial de hidrocarburos identificado en los estudios de sísmica marina, los cuales demandaron una inversión aproximada de 40 millones de dólares.
La Cuenca Trujillo posee un importante potencial por descubrir y, de ser favorables los trabajos exploratorios que se realizarán en dicha cuenca, el Perú podría estar frente a un importante descubrimiento que transformaría nuestra balanza comercial deficitaria en hidrocarburos.
Con la decisión de avanzar al Tercer Periodo Exploratorio, Anadarko Perú ratifica la continuidad de sus inversiones en el país y su compromiso con el desarrollo energético nacional.

Hidrocarburos
Minem declara en emergencia el abastecimiento de combustibles en Ucayali

Ucayali tiene inventarios para entre 1.5 y 3 días de consumo. Se busca elevarlos a por lo menos 7 días y habilitar temporalmente infraestructura adicional de almacenamiento.
El Ministerio de Energía y Minas (Minem) declaró en situación de emergencia las actividades de hidrocarburos vinculadas al abastecimiento de combustibles en Ucayali, debido a la capacidad limitada capacidad de almacenamiento y la vulnerabilidad de la cadena de suministro en la región.
La medida, establecida mediante la Resolución Ministerial N.° 352-2026-MINEM/DM, tendrá una vigencia de hasta un año, contado desde el día siguiente de su publicación.
El Gobierno señaló que la disposición permitirá adoptar medidas de corto plazo para brindar mayor seguridad al suministro en la región y contribuir a garantizar la continuidad de actividades económicas, básicas y esenciales necesarias para el desarrollo y bienestar de Ucayali.


Riesgo de interrupciones
Según el informe de la Dirección General de Hidrocarburos (DGH) que sustenta la resolución, Ucayali presenta una vulnerabilidad estructural en el abastecimiento de combustibles líquidos. La infraestructura disponible para almacenar Diesel B5 y Gasolina Regular resulta insuficiente para mantener inventarios que permitan enfrentar eventuales interrupciones en el sistema logístico.
Durante el pronunciamiento conjunto del Ejecutivo, el ministro de Energía y Minas, Guillermo Shinno, señaló que actualmente Ucayali cuenta con inventarios equivalentes a entre 1.5 y 3 días de consumo.
Frente a esta situación, el Ejecutivo busca generar las condiciones para elevar esa disponibilidad a por lo menos siete días, de manera que la región cuente con un mayor margen de respuesta ante eventuales interrupciones en la cadena logística y se reduzcan condiciones que puedan favorecer la especulación de precios.

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