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El exalcalde de Lima, Luis Castañeda Lossio, murió a los 76 años

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Luis Castañeda Lossio, tres veces alcalde de Lima, murió la madrugada de este miércoles a los 76 años de edad por complicaciones en su salud en el hospital Edgardo Rebagliati, donde se encontraba internado.

Castañeda Lossio fue alcalde de Lima en dos periodos consecutivos entre el 2003 y 2010, cuando renunció al cargo para postular a las presidencia de la República en las elecciones generales de 2011. En noviembre de 2014 fue elegido para su último periodo de gestión hasta el 2018. El político nacido en Chiclayo (Lambayeque) fue fundador del partido Solidaridad Nacional (actual Renovación Popular). 

Luis Rubio, médico y amigo personal de Luis Castañeda, dijo a RPP Noticias que el exalcalde sufría de enfermedades crónicas que se habían complicado en los últimos años. Incluso, recordó que, durante su último periodo de gestión en la Municipalidad Metropolitana de Lima, padeció dos infartos cardíacos, pero pese a ello cumplió con el tiempo de gobierno para el que fue elegido. 

El médico informó que Castañeda Lossio murió a las 5:30 a.m. de este miércoles por un paro cardíaco, luego de que fuera internado por una complicación en su cadera. 

Rubio, quien trabajó en la gestión de los Hospitales de la Solidaridad, iniciativa emblematica de las políticas de salud de Castañeda en la MML, dijo que el exalcalde era «un gran conductor de equipos humanos» y era un placer trabajar con él «porque no habia tiempos perdidos, y en el camino iba gestionando la solución de los problemas (de gestión)». 

Su paso por la política 

La agrupación política con la que Luis Castañeda Lossio siempre será asociado es Solidaridad Nacional, un partido fundado por él mismo en 1998. En su propósito de llegar a Palacio de Gobierno postuló como candidato presidencial en las elecciones generales del 2000 enfrentándose a Alberto Fujimori y quedando en quinto lugar. Estuvo incluido en lista de los personajes atacados por un grupo de medios en aquel entonces, épocas de Vladimiro Montesinos. 

En el año 2002 postula a la alcaldía de Lima bajo la alianza política Unidad Nacional. Le arrebató el puesto al entonces alcalde y contendor Alberto Andrade, quien buscaba su reelección en el cargo. Luis Castañeda Lossio obtuvo el 40% del total de votos, mientras que Andrade obtuvo el 30%.

En el 2006, vuelve a postular en las elecciones municipales, donde alcanza nuevamente la alcaldía de Lima con gran diferencia en el número de votos sobre los otros candidatos. Luis Castañeda obtuvo el 47,83% de votos del total. Participaron también en aquella elección Humberto Lay, Benedicto Jiménez y Gino Costa, entre otros.

En octubre del 2010, renuncia al cargo de alcalde para postular nuevamente a la presidencia de la República en las elecciones generales del 2011. En estos comicios la plancha presidencial del exalcalde estuvo conformada por Augusto Ferrero Costa como primer vicepresidente y Carmen Rosa Nuñez como segunda vicepresidente. Castañeda Lossio quedó en el quinto lugar y obtuvo alrededor del 10% de votos. También eran candidatos Keiko Fujimori, Pedro Pablo Kuczynski, Alejandro Toledo, entre otros. Finalmente fue Ollanta Humala quien ganó las elecciones presidenciales en la segunda vuelta contra Keiko Fujimori.

Es en el año 2014 cuando ocuparía por última vez el cargo de alcalde de Lima. Obtuvo el 50% del total de votos y se impuso a Susana Villarán, quien era alcaldesa de Lima en ese entonces y buscaba su reelección. También participaron Enrique Cornejo, Salvador Heresi entre otros.

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Gobierno declara estado de emergencia en Lima Metropolitana y Callao por 30 días

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El Gobierno del presidente José María Balcázar declaró el estado de emergencia en Lima Metropolitana del departamento de Lima y en la Provincia Constitucional del Callao por 30 días calendario para hacer frente a la criminalidad y otras situaciones de violencia.

La medida fue oficializada mediante Decreto Supremo Nº 027-2026-PCM, publicado en edición extraordinaria de las Normas Legales del Diario Oficial El Peruano.
Durante el estado de emergencia, la Policía Nacional del Perú (PNP) mantiene el control del orden interno, con apoyo de las Fuerzas Armadas. Además, la PNP determina las zonas de intervención, esencialmente sobre la base de inteligencia, indicadores, estadísticas, mapas del delito, entre otros instrumentos.

Asimismo, se restringe o suspende el ejercicio de los derechos constitucionales relativos a inviolabilidad del domicilio, la libertad de tránsito por el territorio nacional, libertad de reunión y libertad y seguridad personales.

Para la realización de las actividades religiosas, culturales, deportivas y no deportivas de carácter masivo y público, se debe solicitar el permiso correspondiente ante las autoridades competentes para su evaluación. Sin embargo, aquellas que no lo sean, podrán realizarse sin permiso previo.

La intervención de la Policía Nacional del Perú y de las Fuerzas Armadas se efectúa conforme a lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1186, Decreto Legislativo que regula el uso de la fuerza por parte de la Policía Nacional del Perú, el Decreto Legislativo Nº 1095, Decreto Legislativo que establece reglas de empleo y uso de la fuerza por parte de las Fuerzas Armadas en el territorio nacional y su Reglamento, y demás normativa vigente.

Además, se declara en sesión permanente, en tanto dure la declaratoria del estado de emergencia, al Consejo Nacional de Seguridad Ciudadana (CONASEC), al Comité Regional de Seguridad Ciudadana (CORESEC) de Lima Metropolitana y al Comité Provincial de Seguridad Ciudadana (COPROSEC) de la Provincia Constitucional del Callao, al Consejo Nacional de Política Criminal (CONAPOC), así como al Comando y los Comités constituidos en el presente Decreto Supremo.

La norma lleva las firmas del presidente de la república, José María Balcázar; de la presidenta del Consejo de Ministros, Denisse Miralles; del ministro de Defensa, Luis Arroyo; del ministro del Interior, Hugo Begazo; del ministro de Economía y Finanzas, Gerardo López, del ministro de Justicia y Derechos Humanos, Luis Jiménez, y del ministro de Transportes y Comunicaciones, Aldo Prieto.

Gasbel Web.
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Ángelo Alfaro Lombardi asume el MINEM con más de tres décadas de experiencia en el sector eléctrico

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Ángelo Victorino Alfaro Lombardi juró el 24 de febrero de 2026 como nuevo titular del Ministerio de Energía y Minas (MINEM), en ceremonia encabezada por el presidente José María Balcázar. El ingeniero electricista reemplaza en el cargo a Luis Enrique Bravo De La Cruz y asume la conducción de una cartera estratégica en un contexto de impulso a la inversión privada formal con cumplimiento de estándares ambientales y sociales.

Formación académica y perfil técnico

Alfaro Lombardi es ingeniero electricista de profesión y cuenta con estudios de postgrado en Administración y Finanzas realizados en Universidad ESAN y en Pontificia Universidad Católica del Perú (CENTRUM), además de una especialización en Gestión de Activos.

Hacia el año 2017 ya acumulaba 35 años de experiencia profesional en el sector energético, habiendo desempeñado funciones técnicas, jefaturas y gerencias tanto en el ámbito público como privado. Su trayectoria combina conocimiento operativo con capacidad de gestión empresarial en entornos regulados.

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Trayectoria en la gestión de servicios eléctricos

Antes de su llegada al MINEM, uno de sus cargos más relevantes fue la gerencia general de Electro Oriente S.A., empresa estatal de derecho privado encargada del servicio público de electricidad en las regiones de Loreto, San Martín, Amazonas y Cajamarca. Fue designado en mayo de 2017 por el directorio de la compañía.

En esa posición tuvo bajo su responsabilidad la gestión operativa de una de las áreas de concesión más extensas del país, liderando procesos vinculados a:

  • Generación, distribución y comercialización de energía eléctrica.
  • Estrategias para la reducción de pérdidas en el sistema.
  • Gestión y ejecución de proyectos de inversión pública.

Durante su desempeño gerencial, impulsó un enfoque orientado a la optimización del servicio mediante la aplicación de estándares internacionales y el uso de herramientas tecnológicas para mejorar indicadores empresariales y de calidad del suministro.

Retos al frente de una cartera estratégica

La designación de Alfaro Lombardi se produce en un momento clave para los sectores energético y minero, que demandan estabilidad regulatoria, fortalecimiento de la infraestructura y atracción de inversiones.

Su perfil técnico y experiencia en gestión de empresas eléctricas estatales se incorporan ahora al equipo de gobierno con el objetivo de dirigir una de las carteras más estratégicas para el crecimiento económico y el desarrollo de infraestructura del país.

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Se sancionó con 450 UIT a empresa Expreso Turismo Andino por causar fatal accidente

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La Comisión de la Oficina Regional del Indecopi en Chimbote sancionó, en primera instancia, a la empresa Expreso Turismo Andino S.A. con una multa máxima de 450 UIT. La decisión se dio tras determinar que la empresa no adoptó las medidas de seguridad necesarias para evitar el trágico accidente ocurrido el 18 de julio de 2023 en la provincia de Carlos Fermín Fitzcarrald, donde fallecieron 13 personas y otras resultaron heridas.

Las investigaciones confirmaron que el accidente fue producto de un riesgo injustificado. El conductor de la unidad (placa A4P-956) manejaba en estado de cansancio físico y somnolencia, esta condición crítica anuló su capacidad de reacción, provocando la pérdida de control del vehículo y su posterior despiste en la carretera del distrito de Yauya – San Luis.

La Comisión concluyó que la empresa infringió el artículo 25° del Código de Protección y Defensa del Consumidor, este señala que los proveedores están obligados a ofrecer servicios que no representen peligro para la salud o la integridad física, debiendo adoptar medidas preventivas ante riesgos conocidos.

Este procedimiento fue iniciado de oficio a partir de la investigación realizada por la Oficina del Indecopi en Áncash sede Huaraz, la cual recomendó el inicio de las acciones sancionadoras correspondientes.

La Resolución Final n°0242-2025/INDECOPI-CHT se encuentra en plazo de apelación y, de ser el caso, sería revisada por la Sala Especializada en Protección al Consumidor.

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