Combustible
Opecu: Repsol y Petroperú bajaron precios de combustibles hasta 2.1% por galón
El Organismo Peruano de Consumidores y Usuarios (Opecu) alertó que las empresas Refinería La Pampilla (Relapasaa) del grupo Repsol y Petróleos del Perú S.A. (Petroperú) publicaron hoy nuevos precios de combustibles bajando gasoholes, gasolinas y diésel B5S50 hasta 2%, residuales hasta 1.9% por galón, incluidos impuestos, mientras la estatal redujo el GLP, a granel, en 2.1% por kilo.
Cabe mencionar que las rebajas de precios de gasoholes y gasolinas de 84, 90, 95, 97 y 98 octanos no reflejan el íntegro de la caída internacional en S/ 0.06 y S/ 0.04 en los precios de menor octanaje de la estatal, y en S/ 0.14 y S/ 0.11 en los precios de mayor octanaje de la extranjera, por galón, incluido impuestos.
Las nuevas listas de precios de combustibles reemplazan a la del jueves 08 de febrero de 2018.
“Repsol y Petroperú emitieron nuevos precios de combustibles reduciendo gasoholes y gasolinas de menor octanaje hasta en S/ 0.20, diésel B5S50 S/ 0.21 y residuales hasta S/ 0.14 por galón, incluidos impuestos, según la petrolera, mientras la estatal redujo el GLP a granel en S/ 0.047 por kilo. Ahora los grifos deben ya trasladar las rebajas”, afirmó el presidente del Opecu, Héctor Plate Cánepa.
El directivo agregó: “Alertamos que los nuevos precios de gasoholes y gasolinas de 84, 90, 95, 97 y 98 octanos no reflejan el íntegro de sus bajas internacionales, porque Repsol no redujo ni un céntimo en los de mayor octanaje y usuarios pagarán hasta S/ 0.14 de más, mientras la estatal solo contrajo parcialmente los de menor octanaje y costarán hasta S/ 0.06 de más. Las insto a rectificar” dijo Plate.
“Las rebajas de precios internacionales deben ser trasladadas de manera íntegra y oportuna para ser justas, sino dejan de serlas y perjudican la economía de los usuarios”, manifestó Plate.
Precios Repsol
La refinería extranjera bajó el gasohol 84 y 90 octanos de S/ 10.418 a S/ 10.214 y de S/ 10.841 a S/ 10.662 reduciendo S/ 0.20 o 2% y S/ 0.18 o 1.6% por galón, incluido impuestos, respectivamente.
Los gasoholes 95 y 98 octanos no disminuyeron “ni un céntimo” manteniendo sus precios inmediatos anteriores de S/ 11.878 y de S/ 12.370 por galón, incluido impuestos.
Las gasolinas de 84 y 90 octanos contrajeron de S/ 10.311 a S/ 10.107 y de S/ 10.861 a S/ 10.682 reduciendo S/ 0.20 o 2% y S/ 0.18 o 1.6% por galón, incluido impuestos, respectivamente.
El diésel B5S50 decreció de S/ 11.422 a S/ 11.234 y cae S/ 0.19 o 1.7% por galón, incluido impuestos.
Los petróleos industriales seis y 500 rebajaron de S/ 7.375 a S/ 7.233 y de S/ 7.127 a S/ 6.997 por galón, incluido impuestos, perdiendo S/ 0.135 en promedio, equivalente a una caída media de 1.85%.
Precios Petroperú
La refinería estatal bajó el gasohol 84 y 90 octanos de S/ 9.768 a S/ 9.628 y el 90 de S/ 10.293 a S/ 10.153 reduciendo el precio de ambos combustibles en S/ 0.14 o 1.4% por galón, incluido impuestos.
El gasohol 95 octanos contrajo de S/ 11.356 a S/ 11.216 decreciendo S/ 0.14 o 1.2%, mientras el 97 varió de S/ 11.834 a S/ 11.720 por lo que disminuye S/ 0.11 o 1% por galón, incluido impuestos.
Las gasolinas 84 y 90 octanos caen de S/ 9.814 a S/ 9.636 y de S/ 10.478 a S/ 10.300 perdiendo S/ 0.18 cada uno, equivalente a 1.8% y 1.7% por galón, incluido impuestos, respectivamente.
El diésel B5S50 rebajó de S/ 10.478 a S/ 10.266 variando S/ 0.21 o 2% por galón, incluido impuestos.
Los petróleos industriales seis y 500 disminuyen de S/ 6.667 a S/ 6.537 y de S/ 6.431 a S/ 6.325 y bajan S/ 0.13 o 1.9% y S/ 0.11 o 1.7% por galón, incluido impuestos, respectivamente.
El GLP, a granel, de uso comercial, industrial y vehicular contrajo de S/ 2.227 a S/ 2.230 decreciendo S/ 0.047 o 2.1% por kilo, incluido impuesto, equivalente a S/ 0.025 por litro.
Propuesta y preocupación
La asociación de consumidores reiteró que los precios de combustibles, entre otros, de gasoholes y el balón de gas doméstico continúan con precios sobrevalorados, a nivel nacional, sin que -a la fecha- se trate esta grave problemática con la debida atención y responsabilidad que está perjudicando la economía de los consumidores y el país, también, desde hace más de cinco años.
“La economía social de mercado debe regir en el país, como establece la constitución peruana, pero se impone el libre mercado como regla válida de juego, entre otros, para fijar precios sin restricciones, varios concertados y sancionados por Indecopi. ¿Por qué no prevenir, evitar distorsiones por causas monopólicas que dejan pérdidas económicas y de confianza a consumidores, aplicando cuotas de mercado como en España?”, expresó Plate.
El directivo citó: “Este 2018, la Dirección General de Política Energética y Minas de España publicó una resolución en el Boletín Oficial del Estado (BOE) impidiendo a Repsol aumentar estaciones de servicio durante un año en 36 provincias, islas o ciudades autónomas, Madrid incluida, y no superar la cuota de mercado de 30% que fija la Ley de Competencia para dar transparencia y fomentar prácticas competitivas, precisamente, que urgen en nuestro país”, puntualizó.
Combustible
MINEM asegura que se incrementará almacenamiento de combustibles en Ucayali en el más corto plazo

- Ministro de Energía y Minas, Guillermo Shinno, sostuvo que, con esta medida, se garantiza el abastecimiento de combustible en la región.
El ministro de Energía y Minas, Guillermo Shinno, sostuvo una reunión con representantes de las empresas Petroperú y Aguaytía Energy con el objetivo de lograr un mayor almacenamiento de combustibles y hacer frente a la demanda de la región Ucayali.
Aguaytia Energy proporcionará a Petroperú dos tanques que garantizarán una mayor capacidad de almacenamiento de combustibles e incrementará el stock disponible en la región en el corto plazo.
Más temprano, el titular del MINEM lideró una mesa de trabajo en la que participaron funcionarios del sector, el Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (Osinergmin), Petroperú, autoridades locales y regionales, senadores, diputados con el objetivo de proteger a las familias de la región.
El ministro informó que, de acuerdo a lo reportado por Petroperú, existe combustible disponible en Ucayali, por lo que el abastecimiento está garantizado.

Combustible
Surtidores celebra 55 años impulsando innovación, confianza y servicio en el Perú
Surtidores S.A.C., empresa peruana conocida comercialmente como Surtidores, celebra en agosto de 2026 su 55 aniversario, consolidando una trayectoria estrechamente vinculada al desarrollo y modernización del sector de hidrocarburos en el país. Desde el inicio de sus operaciones, en agosto de 1971, la compañía ha mantenido el compromiso de ofrecer soluciones confiables, seguras y eficientes para sus clientes.
La empresa fue fundada por el señor Matías Alfredo Ballesteros Gamarra como una organización dedicada a brindar servicios y fabricar surtidores para el expendio de combustibles. Aquella iniciativa, nacida con una clara vocación técnica y de servicio, sentó las bases de una compañía que ha sabido evolucionar junto con las necesidades del mercado peruano y los avances tecnológicos de la industria.
Uno de sus primeros hitos de innovación ocurrió a inicios de la década de 1980, cuando Surtidores introdujo tecnología digital en sus equipos de despacho de combustible. Posteriormente, alrededor de 1996, instaló la primera estación equipada con tuberías flexibles (un sistema no ferroso ni metálico) y tanques de doble contención (doble pared), contribuyendo a elevar los estándares de seguridad, eficiencia y protección ambiental de las instalaciones.
Durante estas cinco décadas y media, Surtidores ha desarrollado su labor sobre principios que constituyen los pilares de su éxito: profesionalismo, creatividad, dedicación, puntualidad, buen trato y seguridad. Estos valores orientan el trabajo cotidiano de sus colaboradores, la relación con sus clientes y la búsqueda permanente de soluciones que respondan a los desafíos de cada operación.
Su permanencia en el mercado demuestra una capacidad constante para anticipar cambios, incorporar nuevas tecnologías y acompañar a las empresas que sostienen el abastecimiento energético nacional.
La misión de la empresa es brindar a los sectores de comercialización, almacenamiento y transporte de hidrocarburos equipos y servicios de la más alta calidad, ayudándolos a generar riqueza, reducir costos, mejorar su eficiencia y contribuir al desarrollo nacional. De cara al futuro, su visión es convertirse en el principal proveedor de soluciones integrales para la distribución de energía en el Perú.
Al cumplir 55 años, Surtidores reconoce especialmente la confianza de sus clientes, colaboradores, proveedores y aliados, quienes han acompañado su crecimiento y evolución. La empresa renueva así su compromiso de continuar innovando, fortaleciendo sus capacidades técnicas y ofreciendo un servicio cercano, profesional y seguro para afrontar los nuevos retos del sector energético peruano.

Combustible
«Tribunal constitucional evaluará demandas de inconstitucionalidad contra el decreto de urgencia 010-2025 que pretende desmembrar Petroperú»

Ø La audiencia pública evaluará de manera acumulada la demanda interpuesta por la Defensoría del Pueblo y la presentada por la Municipalidad Provincial de Talara.
Ø En paralelo, la vía judicial admitió la demanda de amparo de FENPETROL (Expediente N.° 00216-2026-0-1801-JR-DC-05), fijando Audiencia Única para el próximo 5 de octubre de 2026.
Ø Instituciones clave de la sociedad civil como el Colegio de Abogados de Lima (CAL) y el Colegio de Ingenieros del Perú (CIP) coincidieron en que el DU 010-2025 vulnera el principio de excepcionalidad constitucional, pone en riesgo los derechos laborales y entrega, de forma improvisada, la reestructuración de la empresa a entes como Proinversión con un enfoque puramente financiero y de concesiones.
Ø FENPETROL remarca que estos pronunciamientos judiciales y del Tribunal Constitucional marcarán un hito fundamental en la defensa de la seguridad energética, la soberanía nacional y la estabilidad laboral de miles de familias peruanas.
La Federación Nacional de Trabajadores Petroleros, Energía y Afines del Perú (FENPETROL) informa a los medios de comunicación y a la opinión pública que el Tribunal Constitucional (TC) resolverá en audiencia pública, este martes 25 de agosto de 2026, en su sede de San Isidro, la demanda de inconstitucionalidad presentada por la Defensoría del Pueblo (Expediente N.° 00003-2026-PI/TC), acumulada al proceso interpuesto por la Municipalidad Provincial de Talara (Expediente N.° 00004-2026-PI/TC), en contra del Decreto de Urgencia 010-2025.
El polémico dispositivo legal fue promulgado de forma intempestiva el 31 de diciembre de 2025 por el Gobierno transitorio del presidente interino José Jerí. Bajo el pretexto de una «reorganización patrimonial», el decreto plantea desmembrar y privatizar las principales unidades de negocio de la petrolera estatal, vulnerando de manera flagrante la Constitución y los derechos de los trabajadores.
Al respecto, el Defensor del Pueblo, Josué Gutiérrez, ha calificado la norma como «osada», inconstitucional e incompatible con el artículo 60° de la Carta Magna, señalando que Petroperú es un activo crítico y estratégico para la seguridad energética nacional. Asimismo, sostuvo que el Ejecutivo se excedió en sus facultades al alterar el régimen jurídico de la empresa mediante un decreto de urgencia, eludiendo el debate parlamentario y vulnerando los principios de jerarquía normativa y separación de poderes.
En sus alegatos principales, la Defensoría advierte que el DU 010-2025 no cumple con los criterios de urgencia ni de imprevisibilidad, pretendiendo aplicar despidos masivos y forzar la incorporación indebida de la empresa al régimen de promoción de la inversión privada (D. Leg. N.° 674), pese a estar expresamente excluida por la Ley N.° 28244.
ACCIONES EN LA VÍA JUDICIAL: DEMANDA DE AMPARO DE FENPETROL
Sumándose a las acciones en el Tribunal Constitucional, FENPETROL recurrió a la vía judicial mediante la presentación de un proceso de amparo ante el 5° Juzgado Constitucional de la Corte Superior de Justicia de Lima (Expediente N.° 00216-2026-0-1801-JR-DC-05).
Dicha demanda fue admitida a trámite mediante la Resolución Nro. 01 contra la Presidencia del Consejo de Ministros, el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), el Ministerio de Energía y Minas (MINEM), Proinversión y Petroperú, con el objetivo de lograr la inaplicabilidad del DU 010-2025, resguardar la estabilidad laboral de los trabajadores y frenar la privatización y ceses colectivos. El juzgado ha fijado fecha para la Audiencia Única el próximo lunes 5 de octubre de 2026.
RESPALDO DE COLEGIOS PROFESIONALES
El Colegio de Abogados de Lima (CAL) y el Colegio de Ingenieros del Perú (CIP) coincidieron con la posición de las organizaciones sindicales en que Petroperú cumple un rol irremplazable en el abastecimiento nacional de combustibles. Ambas órdenes profesionales criticaron el enfoque improvisado del DU 010-2025, advirtiendo que transferir activos sin control técnico especializado ni amparo constitucional pone en riesgo la soberanía energética del país.
La FENPETROL hace un llamado a la ciudadanía, gremios laborales y organizaciones civiles a mantenerse vigilantes ante este trascendental pronunciamiento del Tribunal Constitucional y los avances del proceso en el Poder Judicial, donde no solo se define el destino de la principal empresa pública del país, sino también el respeto al orden constitucional y la seguridad energética de todos los peruanos.

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