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Energía

Osinergmin debe acatar sentencia que reduce tarifas eléctricas [Informe]

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En cumplimiento de la sentencia de la Sala Constitucional de la Corte Suprema, que dispuso que las empresas termoeléctricas a gas natural transparenten sus declaraciones de costos de producción, el directorio del Comité de Operación Económica del Sistema Interconectado Nacional (COES) ha propuesto ante el Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (Osinergmin) un nuevo procedimiento para dicho fin, que contribuirá a la reducción de las tarifas eléctricas reguladas.

Empresas como Fénix, Celepsa, Termochilca, Statkraft y Generación Huallaga se pronunciaron a favor del proyecto del directorio del COES, porque “elimina distorsiones en los costos de gas natural”, lo que beneficia a compañías como Kallpa, Engie y Enel. Estas empresas eléctricas llamaron la atención por una contradicción en el pronunciamiento del COES. Si bien el 4 de febrero la Dirección Ejecutiva del COES entregó a Osinergmin su propuesta de nueva regulación para las generadoras termoeléctricas, el mismo directorio de la misma entidad proporcionó un informe complementario con un contenido que desacataría el mandato de la CS.

El grupo de empresas solicitó a Osinergmin aprobar la propuesta técnica de la Dirección Ejecutiva del COES y desestimar el planteamiento complementario del directorio del COES. “El directorio del COES propone diferir la entrada en vigencia del nuevo régimen de costos de gas hasta la implementación del mercado secundario de dicho insumo, lo cual no solo es incorrecto sino también abiertamente ilegal, ya que es contrario a lo dispuesto por la sentencia de la Corte Suprema y el Ministerio de Energía y Minas”, señalaron en un pronunciamiento las empresas Fénix, Celepsa, Termochilca, Statkraft y Generación Huallaga.

Expertos consultados coincidieron en que lo que pretende el directorio del COES no debe ser tomado en cuenta por el Osinergmin porque no está en la línea de la sentencia de la CS.

“La Dirección Ejecutiva del COES, que representa al cuerpo técnico que desarrolla las tareas operativas diarias, es de la opinión de que los tres costos que definen el precio del gas natural de las termoeléctrica son variables: suministro, transporte y distribución”, señaló el especialista César Gutiérrez: “Esto llevaría a sincerar un precio que en el período 2016-2020 ha sido del orden de 9,70 a 24,00 US$/MWH, lo que ha permitido que las empresas Kallpa, Engie y Enel Generación hayan tenido un margen bruto indebido del orden de US$ 630 millones con perjuicio de los consumidores y de los pensionistas de la Oficina de Normalización Previsional (ONP). Según esta visión, la aplicación del correctivo debe ser inmediata”.

Gutiérrez señaló cuál sería el interés del directorio del COES. “El directorio propone que lo planteado por la Dirección Ejecutiva debe esperar a que se defina cómo se desarrollará el Mercado Secundario del Gas, para lo cual el Ministerio de Energía y Minas debería emitir una normativa. Esto es una práctica dilatoria inadmisible”, explicó: “El Osinergmin deberá decidir si se sigue con el perjuicio al consumidor y al fondo de los pensionistas estatales”.

El abogado experto en el tema Jorge Muñiz también detectó que el informe complementario que presentó el directorio del COES al Osinergmin violenta la ley y las normas constitucionales, y no está acorde con lo dispuesto por la Corte Suprema.

’’El informe técnico complementario que presentó el directorio del COES –después de que se aprobó la propuesta de nueva regulación para las generadoras termoeléctricas que se envió al Osinergmin– es ilegal y debe ser retirado de inmediato porque vulnera la sentencia, el Decreto Supremo 031 y la Constitución’’, apuntó Muñiz.

¿Por qué es ilegal? Porque el informe del directorio propone una Disposición Complementaria Transitoria que establece una fórmula que dispone que los factores Ship-or-Pay serán considerados costos fijos hasta cuando se implemente el Reglamento del Mercado Secundario de Gas Natural.

“La sentencia de la Corte Suprema es meridiana al establecer que es inconstitucional cualquier interpretación que pretenda defender que los costos mencionados tienen naturaleza fija, ya que ello atenta contra los principios de igualdad e interdicción de la arbitrariedad. El Código Procesal Constitucional establece que la Sentencia es de actuación inmediata”, argumentó Jorge Muñiz.

Datos

Ganadores. La distorsión en el mercado eléctrico benefició por 5 años a un pequeño grupo de empresas termoeléctricas a gas natural: Engie, Kallpa y Enel.Perjudicados. Son 7,5 millones de familias y jubilados los afectados por la distorsión.

MEM debe emitir decreto supremo

Opina: César Gutiérrez, experto en energía.

“El pedido del directorio del COES para que se postergue la aplicación de la nueva normativa implica que funcione un Mercado Secundario de Gas Natural (MSGN), que ha sido creado en el 2010 y que requiere una reglamentación. Dado que Osinergmin tiene hasta el 30 de abril próximo para decidir sobre el tema del costo del gas natural, el Ministerio de Energía y Minas mediante decreto supremo debería normar en el interín el funcionamiento del MSGN, dejando expedita la vía para que el mercado de corto plazo opere con costos marginales reales. Esto beneficiará a 7,6 millones de consumidores nacionales”.

“Es un régimen privilegiado”

Opina: Jorge Muñíz, abogado

“¿Qué pasará si Osinergmin acepta el informe complementario del directorio del COES? Las centrales termoeléctricas a gas seguirán contando en la práctica con un régimen de determinación de costos variables distinto a las otras tecnologías, permitiendo que no todos sus costos reales de producción se consideren en la fijación de sus costos variables. Siendo así se estaría perjudicando claramente al resto de actores del sector eléctrico. Lo que plantea el directorio en su informe complementario atenta contra los principios de igualdad e interdicción de la arbitrariedad”.

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Energía

MINEM obtiene certificación de Buena Práctica en Gestión Pública 2026 por mejorar evaluación ambiental de proyectos eléctricos

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DGAAE fue reconocida en la categoría Simplificación de Trámites por optimizar el procedimiento de evaluación de Declaraciones de Impacto Ambiental (DIA) del subsector Electricidad.

El Ministerio de Energía y Minas (MINEM), a través de la Dirección General de Asuntos Ambientales de Electricidad (DGAAE), obtuvo la certificación de Buena Práctica en Gestión Pública 2026, otorgada por Ciudadanos al Día (CAD), en reconocimiento a la experiencia “Mejora del Procedimiento de Evaluación de las Declaraciones de Impacto Ambiental (DIA) del subsector Electricidad”, que destacó en la categoría Simplificación de Trámites.

Este reconocimiento, otorgada en el marco del Premio a las Buenas Prácticas en Gestión Pública, pone en valor las acciones implementadas por el MINEM para simplificar y optimizar la evaluación de las DIA, fortaleciendo un procedimiento que permite brindar a los titulares de proyectos eléctricos una atención más eficiente, predecible y oportuna, manteniendo los criterios técnicos y ambientales establecidos.

La experiencia reconocida comprende mejoras orientadas a la estandarización, seguimiento y optimización del procedimiento, en el marco del Sistema de Gestión de la Calidad del MINEM, certificado bajo la Norma ISO 9001:2015. Esta certificación contribuye a asegurar la aplicación uniforme de los procesos, medir su desempeño e impulsar mecanismos de mejora continua.

Los resultados alcanzados respaldan la importancia de la experiencia reconocida, ya que, durante el último periodo anual evaluado, el procedimiento registró un 96 % de cumplimiento de los plazos establecidos y un 95 % de satisfacción de los administrados, evidenciando avances concretos en la calidad y oportunidad del servicio.

La certificación de Buena Práctica en Gestión Pública 2026 constituye un reconocimiento al trabajo técnico de la DGAAE y al compromiso del MINEM con la modernización de sus procesos, la simplificación administrativa y el fortalecimiento de una gestión pública orientada a resultados y a las necesidades de los administrados y la ciudadanía.

Cabe precisar que el Premio a las Buenas Prácticas en Gestión Pública, organizado desde 2005 por CAD, identifica y reconoce experiencias exitosas desarrolladas en el sector público peruano que contribuyen a mejorar los servicios que recibe la ciudadanía. La edición 2026 es coorganizada con la Universidad del Pacífico y su Escuela de Gestión Pública y busca promover la mejora continua, la sostenibilidad y la réplica de experiencias exitosas en las entidades del Estado.

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Energía

MINEM recuerda que el 20 de agosto vence el plazo para presentar el Plan Ambiental Detallado de actividades eléctricas

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o   Titulares pueden presentar directamente el PAD, sin necesidad de presentar previamente la Ficha Única de Acogimiento (FUA), conforme al Decreto Supremo N.° 011-2026-EM.

El Ministerio de Energía y Minas (MINEM) recuerda a los titulares de actividades eléctricas que el próximo 20 de agosto de 2026 vence el plazo para presentar el Plan Ambiental Detallado (PAD), en el marco de las disposiciones establecidas por el Decreto Supremo N.° 011-2026-EM.

La norma optimiza el proceso de adecuación ambiental de las actividades eléctricas en curso y modifica el artículo 48 del Reglamento para la Protección Ambiental en las Actividades Eléctricas, estableciendo medidas que simplifican el procedimiento y facilitan la regularización ambiental de los titulares del subsector Electricidad.

Una de las principales disposiciones es la eliminación de la Ficha Única de Acogimiento (FUA) como requisito previo. De esta manera, los titulares pueden presentar directamente el PAD ante la Dirección General de Asuntos Ambientales de Electricidad (DGAAE) del MINEM, reduciendo cargas administrativas y agilizando la tramitación de los expedientes.

En ese sentido, el MINEM exhorta a los titulares de actividades eléctricas que aún no han presentado su PAD a realizar el trámite dentro del plazo establecido, que vence el 20 de agosto de 2026. Los beneficios contemplados en el Decreto Supremo N.° 011-2026-EM son aplicables a los PAD que sean presentados dentro del plazo previsto por la norma.

Cabe precisar que el PAD puede ser utilizado para la adecuación ambiental de actividades o componentes eléctricos construidos antes de la entrada en vigencia del Decreto Supremo N.° 014-2019-EM, por lo que esta disposición no resulta aplicable a obras nuevas.

Asimismo, la norma contempla una oportunidad excepcional para el reingreso de expedientes que hayan sido desaprobados, declarados inadmisibles, improcedentes, no presentados, en abandono o desistidos, estableciendo un plazo de seis meses, prorrogable por única vez por un periodo similar, según corresponda.

Como parte de la implementación de estas disposiciones, la DGAAE brinda orientación técnica gratuita y preventiva a los titulares de actividades eléctricas antes de la presentación de sus instrumentos ambientales, con la finalidad de facilitar el cumplimiento de los requisitos vigentes y contribuir a una adecuada formulación de los expedientes.

El expediente del PAD se puede remitir a través de la Mesa de Partes del MINEM presencial (ubicada Calle Crepi S/N, San Borja, Lima) o de manera virtual en el siguiente enlace: https://pad.minem.gob.pe/SIGEDVIRTUAL_INGRESO.

Gasbel Web.
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Energía

Moho anuncia cronograma para la entrega de vales de descuento del FISE

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La Municipalidad Provincial de Moho comunicó a la población beneficiaria del Fondo de Inclusión Social Energético (FISE) que ya está disponible el cronograma para la entrega de vales de descuento destinados a las familias que no cuentan con servicio de energía eléctrica.

Según la programación establecida, los beneficiarios de los distritos de Conima, Huayrapata, Moho y Tilali podrán acceder a sus vales desde el 6 de agosto hasta el 20 de septiembre de 2026.

La comuna provincial recomendó a los beneficiarios consultar previamente las fechas correspondientes a su distrito y acudir dentro del plazo establecido, con el objetivo de recibir oportunamente el vale de descuento.

Para consultar el padrón de beneficiarios FISE:
https://www.gob.pe/…/5688-padron-de-beneficiarios-fise

Para consultar el padrón de agentes autorizados GLP:
https://www.gob.pe/…/5692-padron-de-agentes-autorizados…

Gasbel Web.
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