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108 puertos de todo el litoral se encuentran cerrados ante continuidad de oleajes de ligera a fuerte intensidad

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El Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI) informa que, de acuerdo con el reporte emitido por la Dirección General de Capitanías y Guardacostas (DICAPI) de la Marina de Guerra del Perú, 108 puertos de todo el litoral se encuentran cerrados ante la continuidad de oleajes de ligera a fuerte intensidad, que continuarían hasta el viernes 30 de mayo, según el aviso oceanográfico N.º 023 de la Dirección de Hidrografía y Navegación (DIHIDRONAV).

En el litoral norte están en esa condición los puertos Talara (Muelles Tortuga, Mac Donald, Yetly San pedro), Bayóvar, Salaverry (muelles 1A-1B y 2A-2B) STI Salaverry Terminal Internacional, Malabrigo, Pimentel, Paita, Eten, Pacasmayo y Morin; las caletas Lobitos, San Pablo, Chullillache, Matacaballo, Constante, Parachique, Las Delicias (Paita), Puerto Rico, Colán, Tierra Colorada, Yacila, Islilla, Tortuga (Paita), San José, Santa Rosa, Guadalupito, Cherrepe, Magdalena de Cao, La Barranca y Huanchaco; los terminales Multiboyas Punta Arenas, Negritos, Colán, Eten y Salaverry; Ensenada Sechura; Muelles Carga Líquida Petroperú, Híbrido MU2 y Artesanal del Terminal Pesquero Salaverry.

Por su parte, en el centro se encuentran cerrados los puertos Chimbote, Samanco, Casma, Huarmey, Chico, Supe, Huacho, Chancay, Cerro Azul, San Nicolas, Tambo de Mora y San Juan; las caletas Santa, Coishco, El Dorado, Los Chimus, La Gramita, Tortugas (Chimbote), Culebras (Supe), Vidal, Carquín, Végueta, San Andrés, Lagunillas, Laguna Grande, Nazca, Lomas, Sagua, Tanaka, Chala y Puerto Viejo; Zona Norte “A” (Pampilla 1, 2 y 3), Zona Norte “B” (Solgas y Pure Biofuels), Zona Norte “C” (Tralsa 1, Tralsa 2, Surfisa, Quimpac y Zeta Gas), Zona Centro (bahía Callao (rada Interior y Exterior) y muelle Grau) y Zona Sur (multiboyas Conchán y muelle Unacem Lima); los terminales Multiboyas Chimbote, Paramonga y BPO; Terminal portuario Chimbote Muelle N° 1 y N° 2; Muelle Portuario Sider”C” (Chimbote), Muelles1, 2, 3 y 4 (TPMC); Bahías Chorrillos, Ancón y Pucusana.

En tanto, en el sur figura el puerto Matarani (muelle Ocean Fish); las caletas La Planchada, Quilca, El Faro, Morro Sama y Vila Vila; los terminales Multiboyas Mollendo, Monte Azul, Petroperú, TLT y Tablones; los terminales portuarios Tisur (muelle “C”), Tisur (muelle “F”), Marine Trestle Tablones; los muelles Enapu (Ilo), Engie, Fiscal Ilo y SPCC (Patio Puerto); Punta Picata, así como también el Desembarcadero Pesquero Artesanal Ilo.

Ante esta situación, el INDECI exhorta a las autoridades regionales y locales orientar a la población en cuanto a medidas de protección específicas, evitando exponerse a este fenómeno para prevenir accidentes y/o daños personales y materiales. De igual modo, se recomienda suspender las actividades portuarias y de pesca, así como asegurar las embarcaciones y/o retirar las flotas pequeñas hacia tierra firme. Además, se debe evitar actividades deportivas y recreativas durante el periodo de oleaje, así como campamentos cerca de las zonas de playa.

El INDECI, a través del Centro de Operaciones de Emergencia Nacional (COEN), monitorea los departamentos del litoral peruano en coordinación con las oficinas de Gestión del Riesgo de Desastres y la DIHIDRONAV con la finalidad de brindar información a las autoridades y población en general sobre los eventos que se presenten.

EL GAS NOTICIAS, es la revista más importante del sector Hidrocarburos. En muy poco tiempo nos hemos convertido en promotores del uso de energías limpias y del intercambio comercial del sector.

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Gobierno declara estado de emergencia en Lima Metropolitana y Callao por 30 días

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El Gobierno del presidente José María Balcázar declaró el estado de emergencia en Lima Metropolitana del departamento de Lima y en la Provincia Constitucional del Callao por 30 días calendario para hacer frente a la criminalidad y otras situaciones de violencia.

La medida fue oficializada mediante Decreto Supremo Nº 027-2026-PCM, publicado en edición extraordinaria de las Normas Legales del Diario Oficial El Peruano.
Durante el estado de emergencia, la Policía Nacional del Perú (PNP) mantiene el control del orden interno, con apoyo de las Fuerzas Armadas. Además, la PNP determina las zonas de intervención, esencialmente sobre la base de inteligencia, indicadores, estadísticas, mapas del delito, entre otros instrumentos.

Asimismo, se restringe o suspende el ejercicio de los derechos constitucionales relativos a inviolabilidad del domicilio, la libertad de tránsito por el territorio nacional, libertad de reunión y libertad y seguridad personales.

Para la realización de las actividades religiosas, culturales, deportivas y no deportivas de carácter masivo y público, se debe solicitar el permiso correspondiente ante las autoridades competentes para su evaluación. Sin embargo, aquellas que no lo sean, podrán realizarse sin permiso previo.

La intervención de la Policía Nacional del Perú y de las Fuerzas Armadas se efectúa conforme a lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1186, Decreto Legislativo que regula el uso de la fuerza por parte de la Policía Nacional del Perú, el Decreto Legislativo Nº 1095, Decreto Legislativo que establece reglas de empleo y uso de la fuerza por parte de las Fuerzas Armadas en el territorio nacional y su Reglamento, y demás normativa vigente.

Además, se declara en sesión permanente, en tanto dure la declaratoria del estado de emergencia, al Consejo Nacional de Seguridad Ciudadana (CONASEC), al Comité Regional de Seguridad Ciudadana (CORESEC) de Lima Metropolitana y al Comité Provincial de Seguridad Ciudadana (COPROSEC) de la Provincia Constitucional del Callao, al Consejo Nacional de Política Criminal (CONAPOC), así como al Comando y los Comités constituidos en el presente Decreto Supremo.

La norma lleva las firmas del presidente de la república, José María Balcázar; de la presidenta del Consejo de Ministros, Denisse Miralles; del ministro de Defensa, Luis Arroyo; del ministro del Interior, Hugo Begazo; del ministro de Economía y Finanzas, Gerardo López, del ministro de Justicia y Derechos Humanos, Luis Jiménez, y del ministro de Transportes y Comunicaciones, Aldo Prieto.

Gasbel Web.
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Ángelo Alfaro Lombardi asume el MINEM con más de tres décadas de experiencia en el sector eléctrico

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Ángelo Victorino Alfaro Lombardi juró el 24 de febrero de 2026 como nuevo titular del Ministerio de Energía y Minas (MINEM), en ceremonia encabezada por el presidente José María Balcázar. El ingeniero electricista reemplaza en el cargo a Luis Enrique Bravo De La Cruz y asume la conducción de una cartera estratégica en un contexto de impulso a la inversión privada formal con cumplimiento de estándares ambientales y sociales.

Formación académica y perfil técnico

Alfaro Lombardi es ingeniero electricista de profesión y cuenta con estudios de postgrado en Administración y Finanzas realizados en Universidad ESAN y en Pontificia Universidad Católica del Perú (CENTRUM), además de una especialización en Gestión de Activos.

Hacia el año 2017 ya acumulaba 35 años de experiencia profesional en el sector energético, habiendo desempeñado funciones técnicas, jefaturas y gerencias tanto en el ámbito público como privado. Su trayectoria combina conocimiento operativo con capacidad de gestión empresarial en entornos regulados.

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Trayectoria en la gestión de servicios eléctricos

Antes de su llegada al MINEM, uno de sus cargos más relevantes fue la gerencia general de Electro Oriente S.A., empresa estatal de derecho privado encargada del servicio público de electricidad en las regiones de Loreto, San Martín, Amazonas y Cajamarca. Fue designado en mayo de 2017 por el directorio de la compañía.

En esa posición tuvo bajo su responsabilidad la gestión operativa de una de las áreas de concesión más extensas del país, liderando procesos vinculados a:

  • Generación, distribución y comercialización de energía eléctrica.
  • Estrategias para la reducción de pérdidas en el sistema.
  • Gestión y ejecución de proyectos de inversión pública.

Durante su desempeño gerencial, impulsó un enfoque orientado a la optimización del servicio mediante la aplicación de estándares internacionales y el uso de herramientas tecnológicas para mejorar indicadores empresariales y de calidad del suministro.

Retos al frente de una cartera estratégica

La designación de Alfaro Lombardi se produce en un momento clave para los sectores energético y minero, que demandan estabilidad regulatoria, fortalecimiento de la infraestructura y atracción de inversiones.

Su perfil técnico y experiencia en gestión de empresas eléctricas estatales se incorporan ahora al equipo de gobierno con el objetivo de dirigir una de las carteras más estratégicas para el crecimiento económico y el desarrollo de infraestructura del país.

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Se sancionó con 450 UIT a empresa Expreso Turismo Andino por causar fatal accidente

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La Comisión de la Oficina Regional del Indecopi en Chimbote sancionó, en primera instancia, a la empresa Expreso Turismo Andino S.A. con una multa máxima de 450 UIT. La decisión se dio tras determinar que la empresa no adoptó las medidas de seguridad necesarias para evitar el trágico accidente ocurrido el 18 de julio de 2023 en la provincia de Carlos Fermín Fitzcarrald, donde fallecieron 13 personas y otras resultaron heridas.

Las investigaciones confirmaron que el accidente fue producto de un riesgo injustificado. El conductor de la unidad (placa A4P-956) manejaba en estado de cansancio físico y somnolencia, esta condición crítica anuló su capacidad de reacción, provocando la pérdida de control del vehículo y su posterior despiste en la carretera del distrito de Yauya – San Luis.

La Comisión concluyó que la empresa infringió el artículo 25° del Código de Protección y Defensa del Consumidor, este señala que los proveedores están obligados a ofrecer servicios que no representen peligro para la salud o la integridad física, debiendo adoptar medidas preventivas ante riesgos conocidos.

Este procedimiento fue iniciado de oficio a partir de la investigación realizada por la Oficina del Indecopi en Áncash sede Huaraz, la cual recomendó el inicio de las acciones sancionadoras correspondientes.

La Resolución Final n°0242-2025/INDECOPI-CHT se encuentra en plazo de apelación y, de ser el caso, sería revisada por la Sala Especializada en Protección al Consumidor.

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