Combustible
Osinergmin fija banda de precios para el Diésel 2 de uso vehicular

El Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (Osinergmin), fijó hoy las bandas de precios para el Diésel 2 destinado al uso vehicular, Gas Licuado de Petróleo destinado para envasado (GLP-E), Gas Licuado de Petróleo destinado a granel (GLP-G).
También para el Gasohol de 84 octanos, las Gasolinas de 84 y 90 octanos, y estableció los márgenes comerciales.
Así lo estableció a través de la Resolución de la Gerencia de Regulación de Tarifas del Osinergmin N° 010-2022-OS/GRT, publicada hoy en la edición extraordinaria del Boletín de Normas Legales del diario oficial El Peruano.
La norma señala en su primer artículo que de acuerdo a la Única Disposición Complementaria Transitoria del Decreto Supremo N° 002-2022-EM, la Banda de Precio Objetivo y el Margen Comercial del Diesel BX destinado al uso vehicular fijadas por el Osinergmin mediante Resolución N° 007-2022-GRT, se mantienen vigentes hasta el jueves 28 de abril de 2022.
Asimismo, en su segundo artículo fija las Bandas de Precios para el Diésel 2 destinado al uso vehicular, Gas Licuado de Petróleo destinado para envasado (GLP-E), Gas Licuado de Petróleo destinado a granel (GLP-G), el Gasohol de 84 octanos, y las Gasolinas de 84 y 90 octanos, de la siguiente manera:

También la norma señala que de acuerdo al artículo 1.2 del Decreto Supremo N° 002-2022-EM, la banda del Diésel 2 solo será aplicable al Diesel 2 destinado al uso vehicular.
Asimismo, para el caso del Diésel 2, la banda se aplica tanto para alto y bajo contenido de azufre.
En su artículo 3 la norma fija como márgenes comerciales los valores presentados en el siguiente cuadro:

Las bandas de precios y los márgenes comerciales aprobados en esta norma estarán vigentes a partir del martes 29 de marzo de 2022 hasta el jueves 28 de abril de 2022.
La norma lleva la rúbrica del gerente de Regulación de Tarifas del Osinergmin, Luis Grajeda Puelles.
Combustible
MINEM avanza en el fortalecimiento del marco normativo de la comercialización de biocombustibles

El Ministerio de Energía y Minas (MINEM) informó que continúa avanzando, a nivel multisectorial, en el fortalecimiento del marco normativo que regula la comercialización de biocombustibles en el país, como parte de su apuesta por promover una energía más limpia, fomentar la descarbonización y contribuir al proceso de transición energética.
En ese contexto, el viceministro de Hidrocarburos, Marco Agama, sostuvo una reunión con representantes de la Embajada de Estados Unidos, en la que se abordaron las oportunidades para el desarrollo del mercado de biocombustibles y sus beneficios para el ambiente y el sector transporte.
Durante el encuentro, se destacó que el MINEM viene coordinando con distintas entidades del Estado la evaluación de una propuesta normativa orientada a establecer criterios de sostenibilidad, calidad y seguridad.
Es importante mencionar que, la cadena de los biocombustibles comprende diversas etapas, que van desde la producción agrícola hasta su procesamiento, obtención y posterior mezcla. En esa línea, el reglamento a cargo del MINEM se enfoca en la etapa final, correspondiente a su comercialización en el mercado.
De manera complementaria, y en articulación con sectores competentes como Ambiente, Desarrollo Agrario y Riego, Producción, Economía y Finanzas, Transportes y Comunicaciones se viene trabajando el reglamento vinculado a las etapas iniciales, con el fin de contar con un enfoque integral que impulse el desarrollo del mercado de biocombustibles.
El MINEM ratifica su voluntad para seguir impulsando esta iniciativa, a través del trabajo conjunto con los distintos sectores, con el objetivo de fortalecer el desarrollo agroindustrial y avanzar hacia una matriz energética más sostenible en el sector transporte.

Combustible
Premier: se están adoptando medidas de reestructuración de Petroperú

El presidente del Consejo de Ministros, Luis Arroyo Sánchez, fue enfático en señalar que se están adoptando medidas de reestructuración en Petroperú priorizando la seguridad energética del país, pero sin comprometer la sostenibilidad de las finanzas públicas.
Explicó que la reestructuración integral de Petroperú permitirá corregir los desequilibrios acumulados, fortalecer su gobierno corporativo y asegurar que la empresa opere bajo criterios de sostenibilidad financiera y transparencia. “La intervención que se plantea busca garantizar el abastecimiento de combustibles, proteger a la población, especialmente en las zonas más alejadas, y, al mismo tiempo, establecer reglas claras para que Petroperú transite hacia un modelo viable, sin generar riesgos adicionales para la estabilidad económica del país. Reafirmamos que Petroperú no se privatizará”, afirmó.
De otro lado, informó que la meta del Gobierno a julio de 2026 es superar los 2400 millones de dólares en inversión minera ejecutada en el país. “Hemos asumido el compromiso de entregar al próximo Gobierno una hoja de ruta con 76 proyectos en Asociación Público Privada y proyectos en activos que podrían generar inversiones por más de 80 mil millones de dólares con impacto en 22 regiones del país”, aseguró.

Combustible
Osinergmin dispone que estaciones reporten inventarios diarios de combustibles como requisito para operar en el SCOP

El Osinergmin aprobó nuevas medidas transitorias que obligan a los establecimientos de venta de combustibles a reportar diariamente sus inventarios de combustibles líquidos y GLP, con el objetivo de reforzar el seguimiento del abastecimiento a nivel nacional.
Medida temporal para fortalecer el control
La disposición fue establecida mediante la Resolución de Consejo Directivo N.° 60-2026-OS/CD y tendrá una vigencia de 180 días calendario. Este periodo incluye una fase inicial de 30 días enfocada en la difusión y fiscalización orientativa.
Registro obligatorio en plataforma virtual
Los grifos y estaciones de servicio deberán registrar diariamente sus inventarios en la Plataforma Virtual de Osinergmin (PVO), utilizando el Sistema de Control de Órdenes de Pedido (SCOP). La medida busca garantizar información actualizada sobre la disponibilidad de combustibles en el país.

Horarios establecidos y responsabilidad legal
El registro deberá realizarse con corte entre las 6:00 a.m. y las 9:00 a.m., y enviarse hasta las 12:00 p.m. del mismo día. La información consignada tendrá carácter de declaración jurada, lo que implica responsabilidad directa por parte de los operadores.
Condición para operar en el SCOP
El cumplimiento de esta obligación será requisito indispensable para operar en el SCOP. En caso de incumplimiento, se podría restringir la emisión de órdenes de compra. Además, se mantiene la exigencia de llevar registros físicos complementarios al sistema digital.
Impacto en la continuidad operativa
La implementación de estas medidas busca evitar desabastecimientos y mejorar la supervisión del mercado, por lo que se recomienda a los operadores adoptar las acciones necesarias para cumplir con lo dispuesto y garantizar la continuidad de sus operaciones.

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