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Combustible

Opecu: Repsol y Petroperú bajaron precios de combustibles entre 1,2% y 2,9% por galón

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Precios del combustible

El Organismo Peruano de Consumidores y Usuarios (Opecu) alertó que las refinerías La Pampilla S.A.A. (Relapasaa) del grupo Repsol y Petróleos del Perú S.A. (Petroperú), después de un mes, emitieron listas de precios de combustibles con bajas de gasoholes hasta en 2,6% por galón, incluido impuestos, diésel vehicular apenas en 1,2% y residuales entre 2,7% y 2,9%.

Por otra parte, el gas licuado de petróleo (GLP) envasado disminuyó en 2,7% por kilo. Asimismo, el GLP a granel redujo en 6,9% por kilo, incluido impuestos. Ambas listas de precios de combustibles de las petroleras entraron en vigor el sábado cinco del presente mes.

“Las refinerías de Repsol y Petroperú rebajaron anteayer los precios de gasoholes entre S/ 0,24 y S/ 0, 31 por galón, incluidos impuestos, mientras redujeron el diésel vehicular solo en S/ 0,15 y S/ 0,14 por galón, respectivamente, lejos de la obligada baja en S/ 0,91 de su reciente actualización bimestral de banda de precios. Las instamos a rectificar”, afirmó el presidente de Opecu, Héctor Plate Cánepa.

El directivo agregó: “La petrolera estatal disminuyó el GLP envasado en S/ 0,059 por kilo, incluido impuestos, así el balón de gas doméstico de 10 kilos rebajará en S/ 0,59 a nivel nacional. Asimismo, el GLP a granel de uso industrial y comercial redujo en S/ 0,142 por kilo, y de uso vehicular en S/ 0,075 por litro. Bajas ya deben reflejarse en locales de venta de balones de gas y gasocentros”, dijo.

REPSOL. Precios y sus variaciones del 07 de diciembre de 2018 al 05 de enero de 2019

Diésel Vehicular. El diésel B5S50 UV de uso vehicular bajó de S/ 12,284 a S/ 12,130 reduciendo apenas S/ 0,15 o 1,2% por galón, incluido impuestos, en vez de S/ 0,91 que se corresponde en línea con la actualización bimestral de su banda de precios, vigente a partir del 28 de diciembre de 2018. 

De otro lado, el gasohol 84 octanos bajó de S/ 10,475 a S/ 10,207 contrayendo S/ 0,27 o 2,6% por galón, incluidos impuestos.

El gasohol 90 octanos disminuye de S/ 10,672 a S/ 10,392 descontando S/ 0,28 o 2,6% por galón, incluidos impuestos.

El gasohol 95 descendió de S/ 11,108 a S/ 10,815 y cae S/ 0,29 o 2,6% por galón, incluido impuestos.

El gasohol 98 rebajó de S/ 11,733 a S/ 11,427 disminuyendo S/ 0,31 o 2,8% por galón, incluidos impuestos.

La gasolina 84 contrajo de S/ 10,330 a S/ 10,063 y pierde S/ 0,27 o 2,6% por galón, incluidos impuestos,

La gasolina 90 contrajo de S/ 10,642 a S/ 10,361 y pierde S/ 0,28 o 2,6% por galón, incluidos impuestos,

El diésel B5S50 rebajó de S/ 12,248 a S/ 12,095 disminuyendo S/ 0,15 o 1,3% por galón, incluido impuesto.

El residual seis descendió de S/ 8,862 a S/ 8,626 reduciendo S/ 0,24 o 2,7% por galón, incluido impuestos, mientras el residual 500 bajó de S/ 8,685 a S/ 8, 437 cayendo S/ 0,25 o 2,9% por galón.

PETROPERÚ. Precios y sus variaciones del 07 de diciembre de 2018 al 05 de enero de 2019

Diésel Vehicular. El diésel B5S50 UV de uso vehicular disminuyó de S/ 11,824 a S/ 11,682 bajando solo S/ 0,14 o 1,2% por galón, incluido impuestos, cuando debió reducir S/ 0,91 en sintonía línea con la actualización bimestral de su banda de precios, la cual entró en vigor el 28 de diciembre de 2018. 

GLP. El GLP envasado bajó e S/ 2,195 a S/ 2,136 reduciendo S/ 0,059 o 2,7% por kilo, mientras que el GLP a granel, de uso industrial y comercial rebajó de S/ 2,053 a S/ 1,912 descontado S/ 0,142 o 6,9% por kilo, mientras de uso vehicular disminuyó en S/ 0,142 por litro.

De otro lado, la refinería estatal bajó el gasohol 84 octanos de S/ 9,800 a S/ 9,558 y contrae S/ 0,24 o 2,5% por galón, incluido impuestos.

El gasohol 90 octanos disminuye de S/ 10,022 a S/ 9,767 y rebaja S/ 0,25 o 2,4% por galón, incluido impuestos.

El gasohol 95 descendió de S/ 10,802 a S/ 10,535 cayendo S/ 0,27 o 2,5% por galón, incluidos impuestos.

El gasohol 97 redujo de S/ 11,172 a S/ 10,891 disminuyendo S/ 0,28 o 2,5% por galón, incluidos impuestos.

La gasolina 84 descuenta de S/ 9,744 a S/ 9,489 y cae S/ 0,25 o 2,6% por galón, incluidos impuestos.

La gasolina 90 rebajó de S/ 10,157 a S/ 9,877 y pierde S/ 0,28 o 2,8% por galón, incluidos impuestos.

El diésel B5S50 cae de S/ 11,245 a S/ 11,104 y rebaja S/ 0,14 o 1,3% por galón, incluido impuestos.

El petróleo industrial seis pierde de S/ 7,918 a S/ 7,705 por galón, incluido impuestos, y baja S/ 0,21 o 2,7% por galón, mientras el residual 500 redujo de S/ 7,882 a S/ 7,658 descontando S/ 0,22 o 2,8%.

“Instamos a Repsol y Petroperú a completar sin demora la baja del diésel vehicular en S/ 0,76 y S/ 0,77 por galón, incluido impuesto, respectivamente, asimismo descontar las dos arbitrarias alzas que suman S/ 0,30 por galón, aplicadas en noviembre 2018. Las relaciones de consumo deben ser justas y equitativas, así desarrolla el mercado beneficiando a consumidores, proveedores y país” dijo Plate.

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Combustible

Indecopi propone cambios para mejorar la competencia en el mercado de combustibles y GLP

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El Indecopi planteó una serie de medidas para fortalecer las condiciones de competencia en el mercado peruano de combustibles líquidos y gas licuado de petróleo (GLP), tras identificar riesgos vinculados principalmente con la disponibilidad de infraestructura de almacenamiento y la aplicación de medidas regulatorias excepcionales.

Las conclusiones forman parte del informe preliminar del “Estudio de mercado sobre combustibles líquidos y gas licuado de petróleo (GLP) en el Perú”, elaborado por la Dirección Nacional de Investigación y Promoción de la Libre Compete…
[9:14 a.m., 25/9/2026] Lizbeth: Claro. Aquí tienes una versión reformulada, con estilo periodístico y manteniendo los datos principales:

Indecopi propone cambios para mejorar la competencia en el mercado de combustibles y GLP

El Indecopi planteó una serie de medidas para fortalecer las condiciones de competencia en el mercado peruano de combustibles líquidos y gas licuado de petróleo (GLP), tras identificar riesgos vinculados principalmente con la disponibilidad de infraestructura de almacenamiento y la aplicación de medidas regulatorias excepcionales.

Las conclusiones forman parte del informe preliminar del “Estudio de mercado sobre combustibles líquidos y gas licuado de petróleo (GLP) en el Perú”, elaborado por la Dirección Nacional de Investigación y Promoción de la Libre Competencia (DLC). El análisis comprende las actividades de producción e importación, almacenamiento y despacho, así como la comercialización mayorista de estos productos.

De acuerdo con el documento, la infraestructura de almacenamiento representa un factor determinante para la competencia, debido a que en algunas zonas del país existen pocas opciones disponibles para almacenar combustibles. En el caso del GLP, cerca del 90 % de la capacidad de abastecimiento se encuentra concentrada en la costa central.

El informe también advierte un alto nivel de concentración en la capacidad de almacenamiento. A diciembre de 2025, tres operadores reunían el *76 % de la capacidad nacional de combustibles líquidos, mientras que otras tres empresas concentraban el *86 % de la capacidad de abastecimiento de GLP.

Frente a este escenario, el Indecopi plantea cuatro líneas de acción. La primera busca establecer mecanismos competitivos y transparentes para asignar la capacidad de almacenamiento. La segunda propone fortalecer las condiciones de acceso a la infraestructura pública. La tercera apunta a disminuir la incertidumbre y los costos relacionados con la puesta en marcha de nuevos proyectos. Finalmente, la cuarta recomienda reforzar la transparencia, predictibilidad y neutralidad competitiva al momento de implementar medidas regulatorias excepcionales.

El organismo precisó que el documento tiene carácter preliminar y fue puesto a disposición de entidades públicas, empresas del sector, gremios, asociaciones, consumidores y otros actores interesados. Los participantes podrán presentar comentarios, observaciones y evidencia que permitan revisar y, de ser necesario, ajustar el análisis y las recomendaciones.

Los aportes serán considerados antes de que la Comisión de Defensa de la Libre Competencia (CLC) prepare el informe final y establezca las recomendaciones que correspondan.

Las opiniones y observaciones podrán presentarse hasta el 12 de octubre de 2026 mediante la Mesa de Partes Virtual del Indecopi, indicando como área de destino a la Dirección Nacional de Investigación y Promoción de la Libre Competencia.

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Combustible

MEF aclara que mototaxistas no deben empadronarse en municipalidades para recibir subsidio de S/4

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Los conductores de mototaxis de Loreto, Ucayali y Madre de Dios deberán realizar su inscripción únicamente a través de la plataforma habilitada por el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) para acceder al subsidio de S/4 por galón de combustible, con un máximo de S/100 mensuales.

El MEF precisó que los conductores de vehículos menores destinados al transporte público no tienen que empadronarse ante las municipalidades ni realizar registros adicionales en otras entidades públicas para acceder a este beneficio.

La inscripción debe efectuarse exclusivamente mediante el aplicativo oficial del MEF: mototaxi.mef.gob.pe.

La subvención fue establecida mediante el Decreto de Urgencia N.° 011-2026 y contempla un apoyo de S/4 por cada galón de gasolina o gasohol adquirido. El beneficio tiene un límite de S/100 al mes por conductor y estará vigente durante tres meses desde su puesta en marcha.

¿Qué requisitos deben cumplir los mototaxistas?

El proceso de inscripción es completamente digital y no exige contar previamente con usuario o contraseña. Para acceder al subsidio, los conductores deben cumplir con estas condiciones:

  • Contar con DNI vigente.
  • Tener licencia de conducir vigente Clase B, Categoría II-C.
  • Ser propietarios o conductores de un vehículo de categoría L5 identificado con su Placa Única Nacional de Rodaje.
  • Contar con SOAT vigente o un CAT emitido por una AFOCAT.
  • Comprar el combustible en estaciones de servicio o establecimientos ubicados en Loreto, Ucayali o Madre de Dios, que estén formalmente registrados ante Osinergmin y emitan comprobantes electrónicos.

¿Cómo se validará la información?

Después de completar el registro en la plataforma, los datos proporcionados serán sometidos a un proceso de verificación por parte de la SUNAT y el MEF, con el objetivo de comprobar el cumplimiento de las disposiciones establecidas.

Asimismo, los conductores podrán revisar en el aplicativo el estado de sus comprobantes de pago y consultar el monto acumulado del subsidio.

Una vez concluida la validación, el MEF enviará el padrón definitivo de beneficiarios al Banco de la Nación, institución responsable de realizar el pago directamente a los mototaxistas que hayan sido identificados como beneficiarios o, cuando corresponda, a través de sus representantes legales.

El MEF también puso a disposición de los usuarios un tutorial para explicar el proceso de inscripción y el funcionamiento del aplicativo: Tutorial de registro para mototaxistas.

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Combustible

MEF habilita plataforma web para que mototaxistas accedan al beneficio de S/4 por galón de combustible

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Los mototaxistas de Loreto, Ucayali y Madre de Dios ya cuentan con una plataforma digital habilitada por el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) para registrar sus compras de gasolina o gasohol y acceder al beneficio económico establecido por el Gobierno.

El registro comenzará este sábado 19 de setiembre y permitirá a los conductores solicitar un beneficio de S/4 por cada galón de gasolina o gasohol adquirido, con un límite de hasta S/100 mensuales por beneficiario. La medida tendrá una vigencia de tres meses, contados desde el día siguiente de la publicación del Decreto de Urgencia N.° 011-2026.

Los interesados deberán realizar el trámite de manera virtual a través de la plataforma habilitada por el MEF.

El beneficio está dirigido a los conductores que brindan el servicio de transporte público de pasajeros mediante vehículos automotores menores de categoría L5 (mototaxis), siempre que cumplan con los requisitos establecidos en la normativa.

Entre las condiciones se encuentran:

  • Contar con DNI vigente.
  • Tener licencia de conducir vigente Clase B, Categoría II-C.
  • Contar con un vehículo de categoría L5 registrado con su respectiva Placa Única Nacional de Rodaje.
  • Tener SOAT vigente o, cuando corresponda, un CAT vigente emitido por una AFOCAT.

Asimismo, las compras de combustible deberán efectuarse en Loreto, Ucayali o Madre de Dios, específicamente en establecimientos que tengan inscripción vigente en el Registro de Hidrocarburos de Osinergmin.

Otro requisito es que cada adquisición esté respaldada por un comprobante electrónico de pago.

Registro será completamente virtual

El procedimiento no requiere la creación de un usuario ni contraseña. Para registrar cada compra, el conductor deberá proporcionar los datos de su licencia de conducir, la información correspondiente al vehículo y los datos consignados en el comprobante electrónico de pago.

Una vez ingresada la información, la compra quedará pendiente de validación. La plataforma permitirá consultar posteriormente el estado de cada registro y conocer el monto del beneficio acumulado.

El proceso de verificación involucrará a distintas entidades. La información consignada en los comprobantes será contrastada con los registros de la SUNAT, mientras que el MEF verificará que las adquisiciones cumplan con las condiciones establecidas en el Decreto de Urgencia y determinará el monto que corresponde a cada beneficiario.

Finalmente, una vez concluida la validación, el MEF enviará la relación de beneficiarios al Banco de la Nación.

Esta entidad será la encargada de efectuar el pago directamente al beneficiario identificado mediante su DNI o, cuando corresponda, a través de un representante debidamente autorizado.

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