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Transporte

Se impulsa el EURO VI y la movilidad eléctrica al parque automotor y al transporte urbano respectivamente

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En principio, mediante la Resolución Ministerial n° 142-2021-MINAM se aprobó el Plan de Acción para el Mejoramiento de la Calidad de Aire de Lima y Callao 2021-2025, que contiene 42 medidas formuladas, consensuadas y aprobadas por los sectores involucrados. “Dichas medidas están siendo implementadas. Al 2022, se logró un porcentaje de avance del 59 %”, precisó. ().

EURO VI

En esa misma línea, desde el Minam se está impulsando la aplicación de la norma que establece Límites Máximos Permisibles de emisiones atmosféricas para vehículos automotores (D.S. n°. 029-2021-MINAM), que busca reducir la concentración de azufre a través de la migración a tecnología EURO VI. “Esto reducirá significativamente los contaminantes liberados en las emisiones atmosféricas por las diferentes fuentes”, remarcó.

Con ese mismo enfoque intersectorial, se ha establecido (D.S. n° 003-2024-EM) que a partir del 1 de abril de 2026 entrará en vigencia la aplicación de la tecnología Euro VI/6 para vehículos nuevos y/o usados importados que se incorporen al parque automotor del país, cuyas concentraciones se encuentran en los Límites Máximos Permisibles de emisiones para vehículos.

“Esta migración a tecnologías vehiculares más limpias permitirá mejorar la calidad del aire, producto de la reducción de los principales contaminantes del aire emitidos por los vehículos como material particulado, óxidos de nitrógeno y dióxido de azufre”, acotó.

Movilidad eléctrica

En coordinación con el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), se está desarrollando el proyecto E-MOB, liderado por el Minam, cuyo objetivo es acelerar la transición a la movilidad eléctrica en el transporte urbano, reduciendo contaminantes locales y emisiones de gases de efecto invernadero. En este marco, se implementarán modelos piloto de buses y vehículos de tres ruedas eléctricos en Lima y Arequipa.

Dichos estudios estarán acompañados de estrategias de comunicación y desarrollo de competencias, que tendrán como resultados propuestas regulatorias técnicas, tributarias y modelos de negocio que faciliten la adopción de esta tecnología.

Combustibles bajos de azufre

El Ministerio de Energía y Minas (Minem), mediante el D.S. n° 003-2024-EM, se ha determinado que a partir del 1 de octubre de 2025 será obligatorio el uso y comercialización de combustibles bajos de azufre en todo el país (excepto en Loreto y Ucayali). Con esto, se busca que los combustibles no tengan valores mayores a 10 ppm de azufre.

Asimismo, tanto en Loreto y Ucayali se viene regulando el contenido de azufre en combustibles para que sea menor a los 50 ppm (Euro IV). Esta medida se ha dispuesto mediante el D.S. n.° 014-2021-EM, que establece medidas relacionadas con el contenido de azufre en el Diésel, Gasolina y Gasohol para su comercialización y uso.

Quema de caña de azúcar

Desde otra línea de abordaje, en coordinación con los ministerios de la Producción y de Desarrollo Agrario y Riego, se está trabajando en la elaboración del Reglamento y Plan Nacional de Adecuación de la Ley n° 31949. Estas normas establecerán los plazos y disposiciones para que los productores de caña de azúcar migren progresivamente a una cosecha de forma sostenible y amigable con el ambiente.

“De esta forma se reducirán las emisiones generadas habitualmente por esta práctica agrícola que viene desde muchos”, afirmó.

Rectoría ambiental

En el marco de sus funciones y competencias rectoras en materia ambiental, el Minam está implementando normas que establezcan los límites máximos permisibles para emisiones atmosféricas de las actividades de los diferentes sectores.

Con tal propósito, se han regulado las actividades de generación termoeléctrica (Decreto Supremo n° 030-2021-MINAM), de plantas industriales de fabricación de cemento y/o cal (Decreto Supremo n° 001-2020-MINAM); y de emisiones atmosféricas para vehículos automotores (Decreto Supremo n° 029-2021-MINAM), entre otras.

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Transporte

Entra en vigencia renovación de autorizaciones para el transporte público

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La Autoridad de Transporte Urbano (ATU) anunció la entrada en vigencia de su reglamento del régimen excepcional de otorgamiento o renovación de autorizaciones para el servicio público de transporte regular en Lima y Callao, que será de obligatorio cumplimiento para todos los operadores y las personas jurídicas que brinden o deseen brindar el servicio de transporte público autorizado.

Con la aprobación del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA), publicado hoy en el diario oficial El Peruano, a través del Decreto Supremo N.º 002-2025-MTC, entra en vigencia este reglamento, aprobado por la ATU con Resolución de Presidencia Ejecutiva N.º 203-2023-ATU/PE y modificado con Resolución de Presidencia Ejecutiva N.º 174-2024-ATU/PE.

Este nuevo marco legal establece las condiciones y los requisitos para el otorgamiento o renovación de autorizaciones por cinco años en las rutas del servicio público de transporte autorizado en Lima y Callao, lo que brindará mayor estabilidad jurídica a las empresas para que puedan planificar sus inversiones y modernizar el servicio, en especial los vehículos, en beneficio de la ciudadanía.

Con la finalidad de brindarle mayor seguridad a los usuarios, el reglamento precisa que los conductores de los vehículos autorizados no deben tener antecedentes penales, en particular los vinculados a violencia contra niñas, niños o adolescentes. Asimismo, el servicio deberá contar con un sistema de monitoreo por GPS para verificar el cumplimiento de las rutas y tener una gestión más eficiente de la flota y un sistema de cobro electrónico que se integrará con el Sistema de Recaudo Único de la ATU.

Además de estas condiciones, el reglamento promueve la reorganización empresarial, considerando un esquema de incentivos para solicitar una ampliación de esta autorización, sujeto a la incorporación de vehículos de matriz energética sostenible. Cabe indicar que estas autorizaciones se otorgarán bajo el nuevo Plan Regulador de Rutas.

Asimismo, se estableció un plazo de dos meses, hasta el 28 de febrero del 2025, para que las empresas de transporte que quieran solicitar sus autorizaciones o renovaciones de ruta, en el marco del régimen excepcional, puedan cumplir con los requisitos que establece la norma.

En tanto, a través de la Resolución Directoral N.° D-000011-2025-ATU/DO, se amplía la vigencia de los títulos habilitantes relacionados al transporte regular bajo competencia de la ATU, hasta el 15 de abril de 2025, en atención a la Quinta Disposición Complementaria Transitoria del Decreto Supremo N.° 005-2019-MTC, salvo aquellas autorizaciones anuladas por sanción, medida complementaria, correctiva u otra que contravenga las condiciones de acceso y permanencia para prestar el servicio.

De esta manera, la ATU reafirma su compromiso de trabajar por un mejor transporte, promoviendo la renovación de la flota vehicular con energías limpias, mejores condiciones laborales para los conductores y un mejor servicio para todos los usuarios de Lima y Callao.

Para acceder al TUPA, haz clic aquí.

Para acceder al reglamento, haz clic aquí.

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Transporte

No inscribir el cambio de características de tu auto en la Sunarp te generará una multa de S/ 428

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¿Sabías que el no inscribir en la Sunarp el cambio de características de tu auto (como color, tipo de combustible y motor), puede generarte inconvenientes como una multa de S/ 428 y la retención de tu vehículo ya que es considerada una infracción grave? Evita este mal momento registrando en la Sunarp dichos cambios.

El cambio de las características de un auto es uno de los trámites más demandados por quienes van al Registro Vehicular. Si estás pensando en realizar estas modificaciones en tu automóvil, debes registrarlas obligatoriamente en la Sunarp, pues circular con características diferentes a las señaladas en la Tarjeta de Identificación Vehicular (TIV o TIVe) constituye una infracción grave y podrías ser multado, además de la retención de tu vehículo.

Primero, debes de saber que no todos los cambios en el auto deben registrarse ante la Sunarp, solo aquellos que modifican las características principales del vehículo. No están considerados la colocación de accesorios como alerones, tubos de escape deportivos, entre otros. Los cambios que deben registrarse obligatoriamente ante la Sunarp son los siguientes.

Color: Si se modifica buena parte de la pintura original del vehículo, se debe registrar el cambio de características en la Sunarp. No se consideran como parte del color de un vehículo, los stickers de identificación, logotipos de las empresas de transporte y otros similares, así como cualquier otro color distintivo de los mismos, en tanto estos no excedan del 20% del área total del vehículo. En consecuencia, estos colores no son necesariamente registrables.

Tipo de combustible: Por un factor económico, en los últimos años cientos de personas han optado por cambiar el sistema de combustible de sus vehículos a GLP o GNV. Esta modificación tiene que registrarse en la Sunarp.

Motor: Este elemento primordial del auto lleva un número de serie para su identificación, por lo que, es necesario actualizar la TIVE si se efectúa el cambio de motor.

Cómo inscribir los cambios

Para realizar el trámite de cambio de características debes seguir los siguientes pasos:

  • Completa los formularios de solicitud de inscripción de títulos y solicitud contenida en el formato para cambio de características, este último tiene que ser llenado en la página web de la Sunarp (https://psi.sunarp.gob.pe/ProyOrganizaSII/pages/solicitudes/solicitudCambio.jsf), para su posterior descarga e impresión. Recuerda que se pueden requerir otros documentos, según calificación registral y disposiciones vigentes.

Para el cambio del sistema de combustible, se deberá presentar el certificado de conformidad de conversión emitido por una entidad certificadora autorizada por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones.

Para el cambio de motor, se deberá presentar los documentos que acrediten la adquisición legal del nuevo motor (boleta o factura de adquisición en donde conste el nombre del propietario del vehículo) envío XML en el supuesto que el comprobante de pago sea electrónico (adjuntar en el formato). En caso el cambio de motor modifique la cilindrada, potencia y/o tipo de combustible, será necesaria la presentación de un certificado de conformidad de modificación expedido por una entidad autorizada por el Ministerio de Trasportes y Comunicaciones.

  • En el área de caja debes cancelar la tasa registral (S/ 48.10), sujeta a liquidación final por el registrador público.

Para solicitar la inscripción de los cambios, el titular registral o su representante debidamente facultado deberá acudir a una oficina registral y presentar el formato de la Sunarp, debidamente llenado, además de los documentos que correspondan según el cambio realizado. Luego, mediante el uso del sistema de verificación biométrica por comparación de huella dactilar del Reniec, se comprobará su identidad. En este caso, se ha suprimido la exigencia de la certificación notarial de firma.

Cuando sea un tercero quien gestione la solicitud de cambio de características, se debe presentar el formato de la Sunarp debidamente llenado, así como la certificación notarial de firma del titular registral del vehículo y la documentación que sustente el cambio o cambios realizados; e igualmente se corrobora la identidad con el sistema de verificación biométrica por comparación de huella dactilar del Reniec.

En el supuesto de advertir un error atribuible al Registro podrá solicitar su rectificación de forma virtual a través de la Solicitud Electrónica de Rectificación por Error Material, disponible en: https://www.sunarp.gob.pe/serviciosenlinea/portal/index.html.

Dato

Durante el año 2024 se inscribieron, a nivel nacional, 207 873 cambio de características vehiculares. Lima (151 007), La Libertad (9 386), Arequipa (9 332), Cusco (6 008) y Junín (4 865), ocupan los cinco primeros lugares.

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Transporte

Fiscalía contra el Crimen Organizado desarticula banda que extorsionaba transportistas en San Martín de Porres

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La Segunda Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada contra la Criminalidad Organizada – Equipo 3 dirigió la desarticulación de la presunta organización criminal denominada “Los Antitren”, también conocida como D.E.S.A., dedicada a la extorsión de empresas de transporte en Lima Norte.

La fiscal provincial Mayda Mori Anto condujo el megaoperativo de allanamiento de 13 inmuebles en San Martín de Porres y logró la intervención de 11 personas en flagrancia delictiva, a quienes se les halló una granada, material explosivo y abundantes municiones.

Según la tesis fiscal, se trataba de una red criminal que exigía el pago de cupos a la empresa de transportes Etnolsa, que cubre la ruta San Martín de Porres – Magdalena. La investigación inició en diciembre de 2024, luego de que un grupo de transportistas denunciara ser víctima de constantes extorsiones.

En el teléfono celular y en la computadora portátil de uno de los detenidos se encontró diseños de stickers que eran adheridos a los vehículos para extorsionar a las conductores.

En la diligencia participaron 30 fiscales de la FECOR de Lima, Ventanilla y Callao, con el apoyo de personal policial de la División de Secuestros.

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